Disposiciones generales. . (2023/200-3)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueba el Modelo de Informe de persona auditora o empresa de auditoría de los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto de 2020.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023
página 15952/7
(Página
2.2.1.-
6
de 11 )
REVISIÓN DE LA MEMORIA DE ACTUACIÓN:
El trabajo de revisión ha comprendido un análisis del contenido de la memoria y de la concordancia de la información contenida en
la misma con los documentos de la justificación económica, así como la comprobación de la efectiva realización de la actividad
subvencionada por parte de la entidad beneficiaria, para lo que se ha verificado el soporte documental y la revisión de datos
objetivamente contrastables. El contenido de la memoria de actuación está definido en la Instrucción 2/2018 de la DG. de Fondos
Europeos (y sus modificaciones) y en el punto 2.2.d) del resuelve décimo de la Resolución de 26 de octubre de 2020.
En concreto, se ha examinado en la memoria de la actuación suscrita por el representante legal de la entidad beneficiaria en la
cuenta justificativa, los siguientes aspectos:
Se ha comprobado que la memoria incluye información sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento de la actividad
subvencionada, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final de la actividad.
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y no ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
Se ha comprobado la efectiva realización por el beneficiario de las actividades subvencionadas para lo que se ha verificado el
soporte documental, se han revisado los datos objetivamente contrastables.
Teniendo en cuenta el resuelve decimocuarto de la Resolución de 26 de octubre de 2020, el auditor analizará la siguiente
información y documentación:
1.- El beneficiario aporta las siguientes declaraciones responsables:
i).- Declaración responsable por la que la entidad beneficiaria garantiza el proceso de contratación de las actuaciones de acuerdo
con la normativa vigente, del cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias sobre requisitos de igualdad de
oportunidades y no discriminación aplicables a este tipo de actuaciones, del cumplimiento de las normas medioambientales
nacionales y comunitarias, sobre el desarrollo sostenible de la actuación y sobre aplicación de medidas antifraude eficaces y
proporcionadas en el ámbito de gestión del proyecto objeto del incentivo, conforme al modelo publicado en la web de la Agencia
Andaluza de la Energía.
ii).- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa relativa a las infraestructuras comunes de telecomunicaciones
e instalaciones digitales, cuando a la actuación le resulte de aplicación lo dispuesto en el RD. 346/2011, de 11 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de
telecomunicación en el interior de las edificaciones.
El auditor ha comprobado que el beneficiario aporta estas declaraciones responsables.
El auditor ha comprobado que el beneficiario NO aporta estas declaraciones responsables, faltando las siguientes:
2.- La memoria de actuación se acompañará de documento suscrito por un técnico titulado competente (que haya intervenido en la
redacción del proyecto, en la dirección de obra o en la certificación energética del edificio sobre el que se actúa) que incluirá
memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a las actuaciones subvencionables en el Anexo IV del RD.
737/2020, de 4 de agosto, con indicación de las actividades realizadas y justificación de los resultados obtenidos, e incluirá
fotografías de la situación del edificio después de las actuaciones y, en su caso, de los equipos e instalaciones principales finales
objeto del incentivo. Deberá incluir información suficiente sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento del proyecto
subvencionado, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final del mismo, indicando, asimismo, la fecha de
conclusión de las actuaciones.
El auditor ha comprobado que la memoria de actuación se acompaña de un documento suscrito por un técnico titulado
competente en los términos anteriores.
00290929
El auditor ha comprobado que la memoria de actuación no se acompaña de este documento o que presenta las siguientes
incidencias:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023
página 15952/7
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REVISIÓN DE LA MEMORIA DE ACTUACIÓN:
El trabajo de revisión ha comprendido un análisis del contenido de la memoria y de la concordancia de la información contenida en
la misma con los documentos de la justificación económica, así como la comprobación de la efectiva realización de la actividad
subvencionada por parte de la entidad beneficiaria, para lo que se ha verificado el soporte documental y la revisión de datos
objetivamente contrastables. El contenido de la memoria de actuación está definido en la Instrucción 2/2018 de la DG. de Fondos
Europeos (y sus modificaciones) y en el punto 2.2.d) del resuelve décimo de la Resolución de 26 de octubre de 2020.
En concreto, se ha examinado en la memoria de la actuación suscrita por el representante legal de la entidad beneficiaria en la
cuenta justificativa, los siguientes aspectos:
Se ha comprobado que la memoria incluye información sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento de la actividad
subvencionada, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final de la actividad.
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y no ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
Se ha comprobado la efectiva realización por el beneficiario de las actividades subvencionadas para lo que se ha verificado el
soporte documental, se han revisado los datos objetivamente contrastables.
Teniendo en cuenta el resuelve decimocuarto de la Resolución de 26 de octubre de 2020, el auditor analizará la siguiente
información y documentación:
1.- El beneficiario aporta las siguientes declaraciones responsables:
i).- Declaración responsable por la que la entidad beneficiaria garantiza el proceso de contratación de las actuaciones de acuerdo
con la normativa vigente, del cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias sobre requisitos de igualdad de
oportunidades y no discriminación aplicables a este tipo de actuaciones, del cumplimiento de las normas medioambientales
nacionales y comunitarias, sobre el desarrollo sostenible de la actuación y sobre aplicación de medidas antifraude eficaces y
proporcionadas en el ámbito de gestión del proyecto objeto del incentivo, conforme al modelo publicado en la web de la Agencia
Andaluza de la Energía.
ii).- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa relativa a las infraestructuras comunes de telecomunicaciones
e instalaciones digitales, cuando a la actuación le resulte de aplicación lo dispuesto en el RD. 346/2011, de 11 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de
telecomunicación en el interior de las edificaciones.
El auditor ha comprobado que el beneficiario aporta estas declaraciones responsables.
El auditor ha comprobado que el beneficiario NO aporta estas declaraciones responsables, faltando las siguientes:
2.- La memoria de actuación se acompañará de documento suscrito por un técnico titulado competente (que haya intervenido en la
redacción del proyecto, en la dirección de obra o en la certificación energética del edificio sobre el que se actúa) que incluirá
memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas a las actuaciones subvencionables en el Anexo IV del RD.
737/2020, de 4 de agosto, con indicación de las actividades realizadas y justificación de los resultados obtenidos, e incluirá
fotografías de la situación del edificio después de las actuaciones y, en su caso, de los equipos e instalaciones principales finales
objeto del incentivo. Deberá incluir información suficiente sobre el desarrollo y el grado de cumplimiento del proyecto
subvencionado, de forma concreta y detallada, con un informe sobre la situación final del mismo, indicando, asimismo, la fecha de
conclusión de las actuaciones.
El auditor ha comprobado que la memoria de actuación se acompaña de un documento suscrito por un técnico titulado
competente en los términos anteriores.
00290929
El auditor ha comprobado que la memoria de actuación no se acompaña de este documento o que presenta las siguientes
incidencias:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja