Disposiciones generales. . (2023/200-2)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueba el Modelo de Informe de persona auditora o empresa de auditoría de los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023
página 15951/7
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de 11 )
REVISIÓN DE LA MEMORIA DE ACTUACIÓN:
El trabajo de revisión ha comprendido un análisis del contenido de la memoria y de la concordancia de la información contenida
en la misma con los documentos de la justificación económica, así como la comprobación de la efectiva realización de la
actividad subvencionada por parte de la entidad beneficiaria, para lo que se ha verificado el soporte documental y la revisión de
datos objetivamente contrastables.
En concreto, se ha examinado en la memoria de la actuación suscrita por el representante legal de la entidad beneficiaria en la
cuenta justificativa, los siguientes aspectos de acuerdo con el apartado 3 del resuelve decimoquinto de la Resolución de 28 de
septiembre de 2021:
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y no ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
Se ha comprobado la efectiva realización por el beneficiario de las actividades subvencionadas para lo que se ha verificado el
soporte documental, se han revisado los datos objetivamente contrasta.
En el caso de que el auditor haya contratado a un experto independiente, cuenta con la autorización previa de la entidad
concedente de la subvención.
Además el auditor analizará la siguiente información y documentación:
1.- El beneficiario aporta las siguientes declaraciones responsables:
i).- El cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias sobre requisitos de igualdad de oportunidades y no discriminación,
aplicables a este tipo de actuaciones, de las normas medioambientales nacionales y comunitarias, y sobre desarrollo sostenible,
y sobre la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión del proyecto objeto del incentivo,
conforme al modelo publicado en la web de la Agencia Andaluza de la Energía.
ii).- En el caso de que existan, declaración que acredita las otras subvenciones o ayudas cobradas para la misma actuación o
finalidad que la solicitada en el contexto de este programa de incentivos, otorgadas por cualquier administración, organismo o
entidad pública, nacional o internacional.
iii).- Para los programas de incentivos 1, 2 y 4, la no existencia de más instalaciones para la misma tecnología (eólica o
fotovoltaica) subvencionadas con los programas de incentivos previstos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
iv).- Para las actuaciones menores o iguales a 100 kW, declaración sobre el cumplimiento de lo solicitado en el apartado AII.A.1.e)
del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, en relación con el origen de los componentes y sus características, el impacto del
proyecto y el principio de no causar daño significativo.
El auditor ha comprobado que el beneficiario aporta estas declaraciones responsables.
El auditor ha comprobado que el beneficiario NO aporta estas declaraciones responsables, faltando las siguientes:
2.- Informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones suscrito, fechado y emitido por técnico titulado competente
autor del proyecto definitivo o, en su defecto, el director de obra o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica
final de la instalación ejecutada. En este informe se ha de justificar la correcta realización de las actuaciones, de acuerdo con las
condiciones establecidas en las bases y en la concesión del incentivo, y recoger lo realmente ejecutado y los resultados obtenidos.
Este informe deberá incluir descripción del sistema de monitorización incorporado de acuerdo con lo indicado en el Anexo I,
apartado AI.A1.C del RD. 477/2021 de 29 de junio.
El auditor ha comprobado que consta y ha revisado el informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones de
acuerdo a al resuelve Decimoquinto de la Resolución de 28 de septiembre de 2022.
00290928
El auditor ha comprobado que NO consta el informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones de acuerdo a
al resuelve Decimoquinto de la Resolución de 28 de septiembre de 2022 o que, constando dicho informe, presenta las
siguientes incidencias:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Miércoles, 18 de octubre de 2023
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REVISIÓN DE LA MEMORIA DE ACTUACIÓN:
El trabajo de revisión ha comprendido un análisis del contenido de la memoria y de la concordancia de la información contenida
en la misma con los documentos de la justificación económica, así como la comprobación de la efectiva realización de la
actividad subvencionada por parte de la entidad beneficiaria, para lo que se ha verificado el soporte documental y la revisión de
datos objetivamente contrastables.
En concreto, se ha examinado en la memoria de la actuación suscrita por el representante legal de la entidad beneficiaria en la
cuenta justificativa, los siguientes aspectos de acuerdo con el apartado 3 del resuelve decimoquinto de la Resolución de 28 de
septiembre de 2021:
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y no ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
El auditor ha analizado el contenido de la memoria y ha detectado una posible falta de concordancia entre la memoria y los
documentos que han servido de base para la revisión de la justificación económica.
Se ha comprobado la efectiva realización por el beneficiario de las actividades subvencionadas para lo que se ha verificado el
soporte documental, se han revisado los datos objetivamente contrasta.
En el caso de que el auditor haya contratado a un experto independiente, cuenta con la autorización previa de la entidad
concedente de la subvención.
Además el auditor analizará la siguiente información y documentación:
1.- El beneficiario aporta las siguientes declaraciones responsables:
i).- El cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias sobre requisitos de igualdad de oportunidades y no discriminación,
aplicables a este tipo de actuaciones, de las normas medioambientales nacionales y comunitarias, y sobre desarrollo sostenible,
y sobre la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión del proyecto objeto del incentivo,
conforme al modelo publicado en la web de la Agencia Andaluza de la Energía.
ii).- En el caso de que existan, declaración que acredita las otras subvenciones o ayudas cobradas para la misma actuación o
finalidad que la solicitada en el contexto de este programa de incentivos, otorgadas por cualquier administración, organismo o
entidad pública, nacional o internacional.
iii).- Para los programas de incentivos 1, 2 y 4, la no existencia de más instalaciones para la misma tecnología (eólica o
fotovoltaica) subvencionadas con los programas de incentivos previstos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
iv).- Para las actuaciones menores o iguales a 100 kW, declaración sobre el cumplimiento de lo solicitado en el apartado AII.A.1.e)
del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, en relación con el origen de los componentes y sus características, el impacto del
proyecto y el principio de no causar daño significativo.
El auditor ha comprobado que el beneficiario aporta estas declaraciones responsables.
El auditor ha comprobado que el beneficiario NO aporta estas declaraciones responsables, faltando las siguientes:
2.- Informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones suscrito, fechado y emitido por técnico titulado competente
autor del proyecto definitivo o, en su defecto, el director de obra o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica
final de la instalación ejecutada. En este informe se ha de justificar la correcta realización de las actuaciones, de acuerdo con las
condiciones establecidas en las bases y en la concesión del incentivo, y recoger lo realmente ejecutado y los resultados obtenidos.
Este informe deberá incluir descripción del sistema de monitorización incorporado de acuerdo con lo indicado en el Anexo I,
apartado AI.A1.C del RD. 477/2021 de 29 de junio.
El auditor ha comprobado que consta y ha revisado el informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones de
acuerdo a al resuelve Decimoquinto de la Resolución de 28 de septiembre de 2022.
00290928
El auditor ha comprobado que NO consta el informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones de acuerdo a
al resuelve Decimoquinto de la Resolución de 28 de septiembre de 2022 o que, constando dicho informe, presenta las
siguientes incidencias:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja