3. Otras disposiciones. . (2023/199-50)
Orden de 9 de octubre de 2023, por la que se determina la estructura de las oficinas judiciales de los partidos judiciales con cuatro juzgados de primera instancia e instrucción en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se implantan las oficinas judiciales de Vera, Sanlúcar de Barrameda y Santa Fe y se aprueban inicialmente sus relaciones de puestos de trabajo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Martes, 17 de octubre de 2023

página 15830/9

2. A la Sección Procesal General le corresponden las funciones establecidas en el
artículo 11 del Decreto 1/2014, de 14 de enero.
Artículo 15. Equipo de Actos de Comunicación.
1. El Equipo de Actos de Comunicación estará bajo la jefatura de una persona
funcionaria perteneciente al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, y será cubierto
por concurso específico.
2. El Equipo de Actos de Comunicación estará encargado de asegurar la correcta
gestión y el control de los actos de comunicación y ejecución de su competencia. Tendrá
como principal función la preparación y realización de actos de comunicación y ejecución
en comisión.
Artículo 16. Equipo de Atención a la Ciudadanía.
1. El Equipo de Atención a la Ciudadanía estará bajo la jefatura de una persona
funcionaria perteneciente al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, y será
cubierto por concurso específico.
2. El equipo estará encargado de prestar una correcta atención al público en general
y al personal profesional, de conformidad con la normativa, protocolos y procedimientos
vigentes. Asimismo estará encargado de mantener y ofrecer la información relevante
que permita satisfacer las expectativas de las personas solicitantes de información y
atención. La información específica se efectuará, en su caso, desde la Oficina judicial
correspondiente.
Artículo 17. Equipo de Auxilio Judicial y Atención a Vistas.
1. El Equipo de Auxilio Judicial y Atención a Vistas estará bajo la jefatura de una
persona funcionaria perteneciente al Cuerpo de Auxilio Judicial, y será cubierto por
concurso específico.
2. El equipo estará encargado de desempeñar las labores del equipo personal
funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial y de prestar los servicios de los mismos en las
unidades procesales de apoyo directo y en los servicios comunes procesales. Asimismo,
le corresponde asegurar las buenas condiciones de utilización de las salas de vistas, el
seguimiento de agenda de señalamientos, la gestión de cambios, las suspensiones de
vistas y la gestión de la sala de videoconferencias.

Artículo 19. Funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en el servicio
común procesal de partido judicial.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa le
corresponden las siguientes funciones:
a) Realizar las tareas de recepción, registro y distribución de escritos, demandas,
atestados y documentación en general.
b) Colaborar con el letrado de la Administración de Justicia en la función de
documentación, en particular en la expedición de diligencias y recibos de presentación.
c) Colaborar con el letrado de la Administración de Justicia en la clasificación y reparto
de los asuntos, dándole cuenta en los supuestos de reclamaciones del reparto, así como
en todos aquellos aspectos que exijan una interpretación de las normas de reparto.
d) Gestionar la incoación y tramitación de expedientes gubernativos y administrativos
de la unidad, así como en la redacción de acuerdos gubernativos en materia de reparto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00290807

Artículo 18. Sección Procesal de Ejecución. Organización y funciones.
1. La Sección Procesal de Ejecución estará bajo la jefatura de una persona
perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
2. A la Sección Procesal de Ejecución le corresponden las funciones recogidas en el
artículo 13 del Decreto 1/2014, de 14 de enero.