Disposiciones generales. . (2023/198-3)
Acuerdo de 10 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la fiscalización previa de los expedientes de gasto de las ayudas para facilitar el acceso a internet en hogares vulnerables de Andalucía (Programa ÚNICO - Bono Social), por el control financiero permanente.
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Número 198 - Lunes, 16 de octubre de 2023
página 15785/2
para personas o familias calificadas de vulnerables para la adquisición de un paquete de
conexión de banda ancha con la tecnología más adecuada.
Asimismo, en el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, se asignan a cada
comunidad autónoma los objetivos que tienen que cumplir para contribuir al logro del
cumplimiento del objetivo CID («Council Implementing Decision», Decisión de Ejecución
del Consejo de la UE), asignando a la Comunidad Autónoma de Andalucía el objetivo de
emisión de 28.019 bonos.
Con fecha 17 de diciembre de 2021, se dicta la Resolución del Secretario de Estado
de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales de concesión de una subvención a la
Comunidad Autónoma de Andalucía, financiable con fondos europeos, para la ejecución
del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del
PRTR (Programa ÚNICO - Bono Social).
El apartado 2 del Resuelve 1.º de la Resolución del Secretario de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de 17 de diciembre de 2021, establece
que, en todo caso, la entidad beneficiaria debe dar cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos fijados en el PRTR para la inversión C15.I3 de la componente
15 del referido Plan, que incluye la concesión de bonos de conectividad para personas
o familias calificadas de vulnerables para la adquisición de un paquete de conexión de
banda ancha con la tecnología más adecuada.
Por su parte, el Resuelve 2.º dispone que el programa de emisión de bonos digitales
para colectivos vulnerables estará en vigor hasta el día 31 de diciembre de 2023. De
acuerdo con lo anterior, la Comunidad Autónoma de Andalucía deberá proceder a la
emisión de los bonos digitales a partir de la fecha de notificación de la citada resolución y
hasta el 31 de diciembre de 2023.
Finalmente, el Resuelve 5.º establece que, en caso de no realizarse el gasto o en
caso de incumplimiento total o parcial de los hitos fijados para el MRR y de la contribución
comprometida para la inversión C15.I3 del PRTR, la Comunidad Autónoma de Andalucía
deberá reintegrar los fondos recibidos al Tesoro Público, como consecuencia de
eventuales incumplimientos, de conformidad con lo establecido para el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia en el artículo 7 séptima de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y el artículo 37.4
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Al objeto de poder implementar la inversión C15I3, se ha publicado la Orden de
27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen
de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del Programa
de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –financiado por la Unión
Europea– Next Generation EU (Programa ÚNICO - Bono Social).
Esta orden constituye el instrumento jurídico elegido por la Comunidad Autónoma de
Andalucía para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos
vulnerables, en el marco del PRTR.
El objeto de la misma es, por tanto, el establecimiento de las bases reguladoras para
la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa de Emisión de
Bonos Digitales para colectivos vulnerables residentes en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en el marco del PRTR (Programa ÚNICO - Bono Social).
El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión
a banda ancha con una velocidad mínima de 30 Mbit o el incremento de la velocidad de
los ya contratados, desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por
segundo en sentido descendente, con la tecnología más adecuada en cada caso.
El bono digital se entregará al solicitante que forme parte de colectivos vulnerables
por un importe anual total de 240 euros, a repartir en doce mensualidades, de tal manera
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290762
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 15785/2
para personas o familias calificadas de vulnerables para la adquisición de un paquete de
conexión de banda ancha con la tecnología más adecuada.
Asimismo, en el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, se asignan a cada
comunidad autónoma los objetivos que tienen que cumplir para contribuir al logro del
cumplimiento del objetivo CID («Council Implementing Decision», Decisión de Ejecución
del Consejo de la UE), asignando a la Comunidad Autónoma de Andalucía el objetivo de
emisión de 28.019 bonos.
Con fecha 17 de diciembre de 2021, se dicta la Resolución del Secretario de Estado
de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales de concesión de una subvención a la
Comunidad Autónoma de Andalucía, financiable con fondos europeos, para la ejecución
del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del
PRTR (Programa ÚNICO - Bono Social).
El apartado 2 del Resuelve 1.º de la Resolución del Secretario de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, de 17 de diciembre de 2021, establece
que, en todo caso, la entidad beneficiaria debe dar cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos fijados en el PRTR para la inversión C15.I3 de la componente
15 del referido Plan, que incluye la concesión de bonos de conectividad para personas
o familias calificadas de vulnerables para la adquisición de un paquete de conexión de
banda ancha con la tecnología más adecuada.
Por su parte, el Resuelve 2.º dispone que el programa de emisión de bonos digitales
para colectivos vulnerables estará en vigor hasta el día 31 de diciembre de 2023. De
acuerdo con lo anterior, la Comunidad Autónoma de Andalucía deberá proceder a la
emisión de los bonos digitales a partir de la fecha de notificación de la citada resolución y
hasta el 31 de diciembre de 2023.
Finalmente, el Resuelve 5.º establece que, en caso de no realizarse el gasto o en
caso de incumplimiento total o parcial de los hitos fijados para el MRR y de la contribución
comprometida para la inversión C15.I3 del PRTR, la Comunidad Autónoma de Andalucía
deberá reintegrar los fondos recibidos al Tesoro Público, como consecuencia de
eventuales incumplimientos, de conformidad con lo establecido para el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia en el artículo 7 séptima de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y el artículo 37.4
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Al objeto de poder implementar la inversión C15I3, se ha publicado la Orden de
27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen
de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del Programa
de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –financiado por la Unión
Europea– Next Generation EU (Programa ÚNICO - Bono Social).
Esta orden constituye el instrumento jurídico elegido por la Comunidad Autónoma de
Andalucía para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos
vulnerables, en el marco del PRTR.
El objeto de la misma es, por tanto, el establecimiento de las bases reguladoras para
la concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa de Emisión de
Bonos Digitales para colectivos vulnerables residentes en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en el marco del PRTR (Programa ÚNICO - Bono Social).
El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión
a banda ancha con una velocidad mínima de 30 Mbit o el incremento de la velocidad de
los ya contratados, desde una ubicación fija, con una velocidad mínima de 30 Mbit por
segundo en sentido descendente, con la tecnología más adecuada en cada caso.
El bono digital se entregará al solicitante que forme parte de colectivos vulnerables
por un importe anual total de 240 euros, a repartir en doce mensualidades, de tal manera
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00290762
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía