Autoridades y personal. . (2023/197-35)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía para personas con discapacidad intelectual.
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Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023

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En caso de que la comisión de selección debiera anular una o varias preguntas
ordinarias, acordará la sustitución de las anuladas, a efectos de su evaluación, por otras
tantas de reserva, por su orden.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de
preguntas evaluables establecidas en el apartado 2.1 de esta base, y a fin de garantizar
que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, la
comisión de selección correspondiente adaptará la valoración de cada acierto prevista en
los párrafos precedentes de este apartado.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son
recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas aprobadas.
2.3. Tras ser acordada la plantilla definitiva y corregido el ejercicio, la comisión
de selección hará pública, en los mismos lugares previstos en el apartado 4 de la
base primera, la lista provisional de personas aprobadas en el mismo, ordenada
alfabéticamente.
Contra esta lista provisional podrán presentarse alegaciones de manera
exclusivamente electrónica en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del
día siguiente al de su publicación, referidas a posibles discrepancias en la corrección
automatizada del ejercicio entre las respuestas consignadas en la hoja de examen por la
persona participante y la calificación otorgada en la referida lista provisional.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a
la dirección web del empleado público de Andalucía (https://ws045.juntadeandalucia.es/
empleadopublico) o, de forma directa, en la dirección web en el enlace https://lajunta.es/
promocionalegaciones.
Finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior, la comisión de selección hará
pública, en los mismos lugares previstos en el apartado 4 de la base primera, la relación
de aspirantes que han superado la fase de oposición con indicación de la puntuación
obtenida en el ejercicio.
2.4. El ejercicio de la fase de oposición se realizará en la ciudad de Sevilla y no se
celebrará antes del 15 de octubre de 2023.
2.5. Para la realización del ejercicio se convocará a quienes se vayan a examinar en
llamamiento único y se excluirá a quienes no comparezcan.
3. Fase de concurso.
3.1. La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 80
puntos, consistirá en la valoración de los méritos que acrediten quienes superen la fase
de oposición.
3.2. Por resolución de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública,
que se publicará en el BOJA, se abrirá el plazo de diez días hábiles para que quienes
hayan superado la fase de oposición procedan a la presentación del autobaremo de sus
méritos conforme al baremo establecido en el Anexo I de esta resolución.
La presentación del autobaremo se deberá realizar de manera electrónica mediante
el acceso a la dirección https://lajunta.es/promocionautobaremo en la que tendrán
habilitada la opción de «autobaremo» en el apartado «Tramitación Electrónica/Procesos
Selectivos». En la la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) figurará el procedimiento
detallado para la presentación del autobaremo, así como las respuestas a las preguntas
más frecuentes formuladas sobre la tramitación.
3.3. Las personas aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos,
cumplimentando al efecto el modelo de autobaremo que se publicará en la resolución
de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública antes citada por la que
se abrirá el plazo de presentación del autobaremo de méritos. Esta autobaremación
vinculará a la comisión de selección, en el sentido de que la misma solo podrá valorar los
méritos autobaremados, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la autobaremada
en cada uno de los apartados del baremo de méritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290590

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía