Autoridades y personal. . (2023/197-15)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria restringida para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo docentes de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para el personal integrante de las bolsas del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023

página 15652/5

En el supuesto de que se presentara más de una solicitud de participación, solo
se tendrá en consideración la última, quedando invalidadas las anteriores. Una vez
cumplimentadas las solicitudes en la forma a que se refiere este apartado, deberán
teletramitarse mediante alguno de los distintos medios de firma electrónica de que
disponga el formulario. Las solicitudes deben ser presentadas convenientemente
finalizadas y firmadas digitalmente. En ningún caso será tenido en cuenta ningún borrador
que no haya sido finalizado, firmado y presentado dentro del plazo de presentación de
solicitudes establecido en esta resolución.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
3.2. Documentación acreditativa.
La documentación referida al cumplimiento de los requisitos que han de poseerse a
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se aportarán adjuntándolos
en formato de documento portátil (PDF) a la instancia teletramitada, con indicación del
nombre del documento, de forma que facilite su identificación por esta Dirección General.
Cada participante se responsabiliza expresamente de la veracidad de la
documentación presentada. En caso de falsedad o manipulación de algún documento
decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de
la responsabilidad a que hubiere lugar. Asimismo, cuando de la documentación aportada
se desprenda, en cualquier momento del procedimiento, que no se está en posesión
de alguno de los requisitos fijados en la base Segunda de esta resolución, se decaería,
igualmente, en todos los derechos que pudieren derivarse de su participación en el
procedimiento.
La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda
desprenderse la información que se pretende acreditar.
Los documentos presentados en un idioma distinto al castellano solo se tendrán
en cuenta si se acompañan de su traducción oficial a dicha lengua, de acuerdo con el
artículo 15 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

Quinta. Ordenación.
El personal participante se ordenará en la correspondiente bolsa del Cuerpo de
Profesores de Educación Secundaria de acuerdo con su situación y orden, a 30 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290626

Cuarta. Petición de destinos.
4.1. Las provincias solicitadas para ocupar puestos de trabajo para posibles vacantes
o sustituciones durante el curso 2023/2024, para cada especialidad del Cuerpo de
Profesores de Enseñanza Secundaria, serán las mismas que tuvieran solicitadas en la
bolsa de origen de la misma especialidad del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos
de Formación Profesional. Mediante el presente procedimiento, las personas solicitantes
podrán, si así lo estiman oportuno, modificar el orden de las provincias para ocupar puestos
de trabajo para posibles vacantes o sustituciones para el curso 2023/2024, respecto de
las peticiones expresadas en las bolsas de origen de las especialidades correspondientes
del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
4.2. No obstante, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional
primera de la Orden de 10 de junio de 2020, el personal funcionario interino o, en su
caso, aspirante a interinidad, que tenga acreditada una discapacidad igual o superior al
33%, y participe en el presente procedimiento, podrá mantener la petición de eliminación
de las provincias consignadas y las peticiones de centros y localidades que tuvieran
solicitadas en la bolsa correspondiente a la misma especialidad del Cuerpo, a extinguir,
de Profesores Técnicos de Formación Profesional.