Autoridades y personal. . (2023/197-15)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria restringida para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo docentes de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para el personal integrante de las bolsas del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Viernes, 13 de octubre de 2023

página 15652/6

junio de 2023, en la bolsa de origen del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de
Formación Profesional.

Séptima. Recursos procedentes.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, ante la persona titular de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contenciosoadministrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los
artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de octubre de 2023.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290626

Sexta. Admisión de aspirantes.
6.1. Listas provisionales.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos dictará resolución por la que se declararán
aprobadas las listas provisionales del personal admitido y excluido, con las causas de
exclusión, que se publicará en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
Contra las listas provisionales se podrá interponer telemáticamente, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, las reclamaciones
o alegaciones que se estimen oportunas, dirigidas a la persona titular de la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Con la publicación de la citada resolución que declara aprobada la lista provisional
del personal admitido y excluido, se considerará efectuada la notificación al personal
interesado con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su
exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite.
Los formularios de las alegaciones se deberán cumplimentar a través de la aplicación
informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en
la misma se incluyan. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará
un número identificativo que dará validez y unicidad a ésta. Una vez cumplimentados
estos formularios de la manera indicada deberán teletramitarse mediante alguno de los
distintos medios de firma electrónica de que disponga el formulario.
6.2. Listas definitivas.
Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos aprobará por resolución las listas
definitivas del personal admitido y excluido, que se publicará en el portal web de la citada
Consejería. Dicha resolución incluirá los recursos que se podrán interponer contra ella.
El personal admitido en cada una de las bolsas del Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria, objeto de esta resolución, será simultáneamente excluido de
la respectiva del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según la
correspondencia establecida en el Anexo II de esta resolución.