3. Otras disposiciones. . (2023/195-49)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Diputación Provincial de Almería y los Ayuntamientos de Alboloduy, Alhabia, Alhama de Almería, Alicún, Alsodux, Bentarique, Huécija, Íllar, Instinción, Rágol, Santa Cruz de Marchena y Terque (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Martes, 10 de octubre de 2023

página 15502/11

ejercerá la Presidencia. El Secretario de la Comisión será el funcionario de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural designado por la persona que ostente
la Presidencia de dicha Comisión, que actuará con voz pero sin voto, pudiendo asumir
la función de Secretario uno de los Vocales de la Comisión (manteniendo el voto que le
corresponde en calidad de vocal).
6.3. De común acuerdo entre las partes, a la Comisión de Seguimiento podrán
asistir, con voz pero sin voto, el personal técnico que por razón de la materia cada parte
considere necesarios.
6.4. En general, corresponde a la Comisión de Seguimiento la óptima coordinación
entre las partes así como, en particular:
- Velar por la consecución de los objetivos propuestos y la ejecución de las
actuaciones que en el Convenio se contemplan.
- Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse
respecto al Convenio.
- Proponer cuantas medidas complementarias se estimen necesarias para el mejor
cumplimiento de los fines previstos.
- Efectuar el seguimiento y la evaluación de las acciones programadas.
- Analizar y dirimir las cuestiones litigiosas que se planteen entre las partes en la
ejecución del presente Convenio de Colaboración.
6.5. La Comisión de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año y siempre que
lo solicite cualquiera de las partes firmantes, debiendo elaborar acta de las sesiones que
se celebren.
6.6. La adopción de acuerdos por la Comisión de Seguimiento requerirá el consenso de
las partes, que entre otros podrán determinar sus propias normas internas de funcionamiento.
6.7. En caso de que la Comisión de Seguimiento proponga una modificación de este
Convenio, dicha modificación requerirá el acuerdo unánime de los firmantes.

Octava. Duración.
El presente Convenio, que surtirá efectos a partir de la fecha de su firma, tendrá
una duración de ocho años, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00290495

Séptima. Información y divulgación.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Diputación Provincial
de Almería y los Ayuntamientos de Alboloduy, Alhabia, Alhama de Almería, Alicún, Alsodux,
Bentarique, Huécija, Íllar, Instinción, Rágol, Santa Cruz de Marchena y Terque podrán
realizar coordinadamente acciones de información y divulgación en el ámbito territorial
del Convenio (municipios de Alboloduy, Alhabia, Alhama de Almería, Alicún, Alsodux,
Bentarique, Huécija, Íllar, Instinción, Rágol, Santa Cruz de Marchena y Terque), que
tendrán como objetivo sensibilizar a todos los sectores y colectivos sociales que guarden
relación con el recurso agua sobre la importancia del buen uso urbano del agua, en la que
expresamente figure la colaboración de la Consejería para la financiación y ejecución de
las infraestructuras, con sujeción a las normas de identidad corporativa de las partes, tanto
previo a la ejecución de las obras, como durante su ejecución o una vez finalizadas.
La coordinación indicada implicará que cualquier acción de información o divulgación
de cualquiera de las partes firmantes habrá de ser comunicada a la otra parte con una
antelación mínima de 15 días.
A este respecto y según establece el artículo 33 de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016, aquella
información, difusión y publicidad realizada por órganos de la Junta de Andalucía requerirán,
entre otras cuestiones, el informe previo y vinculante de la Consejería competente en
materia de comunicación institucional, así como la comunicación de los gastos previstos,
con carácter previo, a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.