3. Otras disposiciones. . (2023/191-20)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Tenis.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Miércoles, 4 de octubre de 2023

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su autoridad, en una manifestación partidista de adhesión o apoyo o crítica que viole el
carácter neutral que debe tener dicha representación o cargo en lo político, ideológico
o religioso. Todo ello sin perjuicio de la libertad de expresión o de crítica en el ámbito
personal, o la crítica de la gestión política en la defensa de los intereses de la Federación
Andaluza de Tenis y en relación directa con asuntos deportivos que le conciernan o las
intervenciones meramente informativas.

Artículo 93. Código de Buen Gobierno.
En el ejercicio de su actividad y gestión, la Asamblea General aprobará un Código de
Buen Gobierno que deberá cumplir con las siguientes obligaciones mínimas:
a) Mantener en secreto cuantos datos o informaciones reciban por el desempeño de un
cargo en la federación, no pudiendo utilizarlos en beneficio propio o de terceros.
b) No hacer uso indebido del patrimonio federativo ni valerse de su posición para obtener
ventajas patrimoniales.
c) No aprovecharse de las oportunidades de negocio que conozcan en su condición de
miembro de la Junta Directiva y/o Comisión Delegada.
d) La oposición a los acuerdos contrarios a la ley, los estatutos o al interés federativo.
e) Se deberá remitir obligatoriamente a los miembros de la Asamblea General copia
completa del dictamen de auditoría, cuentas anuales, memoria y carta de recomendaciones.
Asimismo, deberán estar a disposición de los miembros de la misma los apuntes contables
correspondientes que soportan dichas transacciones, siempre que sea requerido por el
conducto reglamentario establecido.
f) Prohibición, salvo expresa autorización de la Consejería competente en materia de
deporte, de la suscripción de contratos con miembros de la Asamblea, personal directivo,
técnico o administrativo, cuyas cláusulas de resolución se sometan a indemnizaciones
superiores a las establecidas como obligatorias por la legislación vigente.
g) Establecimiento de un sistema de autorización de operaciones donde se fijará quién o
quiénes deben autorizar con su firma, en función de su cuantía, cada una de las
operaciones que realice la federación, regulando un sistema de segregación de funciones
en el que ninguna persona pueda intervenir en todas las fases de una transacción.
h) Obligación de que en la memoria económica que ha de presentar la federación,
como entidad de utilidad pública, se dé información de las retribuciones dinerarias o en
especie satisfechas a los miembros del órgano de gobierno de la federación, tanto en
concepto de reembolso por los gastos que se les hayan ocasionado en el desempeño de
su función como en concepto de remuneraciones por los servicios prestados a la entidad,
bien sea vía relación laboral o relación mercantil, tanto inherentes como distintos de los
propios de su función.
i) El personal directivo y altos cargos federativos deberán suministrar información relativa
a la existencia de relaciones de índole contractual, comercial o familiar con proveedores
o entidades que tengan vínculos comerciales o profesionales con la federación de la que
forman parte.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Artículo 92. Ejercicio de los cargos en funciones.
1. Tras la convocatoria del correspondiente proceso electoral, todos los miembros de
los órganos de gobierno y representación de las federaciones deportivas continuarán en
el ejercicio de sus funciones hasta la toma de posesión de sus sucesores, excepto los
miembros de la Asamblea General, que se disolverá en el momento de la convocatoria
por el transcurso del mandato.
2. A estos efectos, quienes desempeñen sus cargos en funciones no podrán adoptar
decisiones que afecten a la estructura orgánica y territorial, ámbito de actuación y sede,
normativa electoral y disciplinaria, y régimen económico y documental de la federación
deportiva