Disposiciones generales. . (2023/187-5)
Orden de 11 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I1.2).
103 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Jueves, 28 de septiembre de 2023

página 14904/5

Transformación y Resiliencia, que tiene carácter básico conforme a lo establecido en su
disposición final primera, y resulta, por tanto, de aplicación en la Comunidad Autónoma.

En cuanto a la naturaleza jurídica de la presente Orden, debe significarse que
la misma constituye un acto administrativo singular de carácter plúrimo conforme al
«criterio ordinamental», establecido por el Tribunal Supremo, con arreglo al cual, allí
donde los efectos de un acto con una pluralidad indeterminada de destinatarios se
agotan con su cumplimiento –sin instalarse de manera permanente en el ordenamiento
jurídico–, no cabe hablar de disposición general, sino de acto administrativo singular de
carácter plúrimo, dado que contiene tanto la convocatoria de la ayuda como las normas
reguladoras por las que se rige su tramitación y resolución y los efectos de su vigencia se
limitan al ejercicio 2023, sin vocación de permanencia en el ordenamiento jurídico.
El Tribunal Supremo distingue entre aquellas bases reguladoras que participan de
la naturaleza de norma jurídica, disposición general, de las que no tienen este carácter,
estableciendo esa diferencia precisamente en que la convocatoria sea única o no. En este
sentido resulta ilustrativa de esta doctrina la Sentencia de 30 de noviembre de 2017: «Que
unas bases reguladoras de una concesión de subvenciones sean una disposición general
o un simple acto administrativo singular, aunque plúrimo, dependerá de su contenido, es
decir, de si tales bases tienen una validez para sucesivas convocatorias y se incorporan
al ordenamiento jurídico para un determinado período de tiempo o de forma indefinida o
si, por el contrario, son unas bases exclusivas para una sola convocatoria y solo válidas
para su aplicación única pero plúrima en dicha ocasión. Precisión esta que no contradice
la jurisprudencia de este Tribunal que se cita por la Sala de instancia y que se pronuncia
sobre el supuesto habitual de convocatorias y bases para una aplicación singular y que
habría que considerar actos singulares de aplicación plúrima.
Así mismo, resulta irrelevante para la naturaleza singular o general de unas bases la
forma de orden ministerial (o autonómica en su caso), puesto que dicha forma deriva del
órgano que adopta la decisión y es común tanto para disposiciones generales como para
actos administrativos, como expresamente establece para la Administración Estado el
artículo 24 de la Ley del Gobierno ( Ley 50/1997, de 27 de noviembre ).».
La presente Orden desarrolla estas subvenciones comunitarias estableciendo
sus bases reguladoras, que se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento
de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recurso públicos,
en el marco del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo , por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por último, cabe señalarse que las bases reguladoras aprobadas mediante la presente
Orden contemplan las exigencias y controles establecidos por el Estado para la tramitación
y ejecución de las actividades financiadas por el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia recogidos en las disposiciones básicas siguientes, tales como la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29
de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para
el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia. Así mismo, en la elaboración de las mismas se han tenido en cuenta las
«Orientaciones para la Incorporación de Criterios Transversales para la ejecución del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00289894

III