Disposiciones generales. . (2023/187-5)
Orden de 11 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I1.2).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Jueves, 28 de septiembre de 2023

página 14904/6

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», dictadas por el Comité Técnico
para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por ello, las bases reguladoras que se aprueban por la presente Orden establecen
en base al principio del compromiso con el resultado, contribuyendo a la consecución del
objetivo núm. 219 y los hitos núm. 220 y 221 previstos en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia;
la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses;
la compatibilidad con el régimen de subvenciones de Estado y la prevención de doble
financiación; y la ausencia de impactos negativos significativos sobre el medioambiente
(DNSH).
Las subvenciones reguladas en la presente Orden no constituyen ayuda de Estado,
dado que las entidades locales, como potenciales beneficiarias de las subvenciones, no
realizan actividad económica en un mercado en competencia y, por tanto, no concurren
los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea para
considerar que existe ayuda de Estado.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Turismo, conforme a lo
establecido en el artículo 9.1.b) del Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, y en uso
de las facultades que me confiere el artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobada por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO

Artículo 2. Convocatoria de las subvenciones.
1. Conforme al artículo 61.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de forma
conjunta a las bases reguladoras se convoca el procedimiento para la concesión de
subvenciones.
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 57.990.000 euros.
Las subvenciones se financiarán con fondos procedentes del Instrumento Europeo de
Recuperación denominado «Next Generation-EU». Se imputarán las subvenciones
correspondientes a esta convocatoria a la partida presupuestaria 1600180000
G/75B/76102/00 MR05140101 2022000231.
3. La concesión de las subvenciones estará condicionada a la presentación por
las entidades locales solicitantes de escrito por el que se comprometen a conceder los
derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00289894

Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras, contenidas en el Anexo I de esta Orden, para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades
locales para la ejecución de las actuaciones previstas en los Planes de Sostenibilidad
Turística en Destino, dentro del Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía
2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I1.2);
financiado con fondos «Next Generation – EU», según lo establecido en la Resolución
de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el
Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, por el que se fijan
los criterios de distribución, y el reparto resultante para las Comunidades Autónomas, del
crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades
locales, en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.