Disposiciones generales. . (2023/186-1)
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se conceden subvenciones al amparo de la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 186 - Miércoles, 27 de septiembre de 2023

página 14828/2

2 de julio de la Directora General de Estrategia Digital, conforme a lo dispuesto en el
artículo 15.2. de las bases reguladoras.
Sexto. La Comisión de Evaluación ha examinado y valorado las solicitudes admitidas,
según los criterios para la concesión de la subvención y el procedimiento de priorización
de solicitudes establecidos en el artículo 16 de las bases reguladoras, dejando constancia
de las conclusiones que provisionalmente corresponde establecer y del resultado de la
evaluación efectuada en el Informe de Evaluación y en el acta de reunión. El informe de
evaluación emitido por la Comisión de Evaluación incluye la relación de solicitudes en el
orden resultante tras aplicar los criterios de valoración definidos en el artículo 14.
Séptimo. Según dispone el artículo 6.4 de las bases reguladoras en la financiación
de estas subvenciones participa la Unión Europea, a través del Fondo de Recuperación
«Next Generation EU». Porcentaje: 100%.
Octavo. Con fecha 28 de agosto de 2023 se formula propuesta definitiva de
resolución, en la que se propone la concesión de subvenciones destinadas a proporcionar
conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales.
A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Dirección Gerencia, de conformidad con lo establecido en el Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el
Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el anterior, el
Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, el
Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia
Digital de Andalucía, y el artículo 15.1 de las bases reguladoras, tiene atribuida la
competencia para el inicio y resolución del procedimiento de concesión de las presentes
subvenciones.

Tercero. El artículo 5.1 de las bases reguladoras establece que la concesión de las
subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de
acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
marzo.
Cuarto. El artículo 24.4 de la Ley 38/2007, de 23 de noviembre, General de
Subvenciones, dispone que «…el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe
del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00289817

Segundo. El artículo 8 de las bases reguladoras establece que el procedimiento de
concesión de estas ayudas se iniciará de oficio, y se tramitará y resolverá en régimen
de concurrencia competitiva, entendiendo por tal el procedimiento de concesión de
subvenciones que se desarrolla mediante la comparación de las solicitudes presentadas
a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración de los proyectos establecidos en el artículo 14 de las bases reguladoras, y
de adjudicar, con el límite del crédito disponible en la convocatoria, aquellas que hayan
obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios, que habrán de tramitarse,
valorarse y resolverse de forma conjunta, dentro de los límites establecidos en dicha
convocatoria.