Disposiciones generales. . (2023/186-1)
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se conceden subvenciones al amparo de la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 186 - Miércoles, 27 de septiembre de 2023
página 14828/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia
Digital de Andalucía, por la que se conceden subvenciones al amparo de la Orden
de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas
a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad
en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa.
Agencia Digital de Andalucía.
Examinadas las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones en el marco
de la convocatoria efectuada por la Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Agencia
Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda
ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, al amparo de la Orden de 11 de enero
de 2023, y en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de enero de 2023 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía (en adelante, BOJA) la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta
velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
Segundo. Mediante Resolución de 1 de marzo de 2023, la Agencia Digital de
Andalucía efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en el marco de la
referida Orden de 11 de enero de 2023 (BOJA núm. 55, de 22 de marzo de 2023).
Tercero. El apartado quinto de la citada resolución establece un plazo de presentación
de solicitudes de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
en el BOJA del extracto previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. Dicho extracto fue publicado en el BOJA núm. 55,
de 22 de marzo de 2023 por lo que el 23 de marzo de 2023 comenzó el plazo para dicha
presentación y se presentaron un total de 11 solicitudes de subvención.
Quinto. Finalizado el trámite de subsanación y vista la documentación presentada en
tiempo y forma, se da traslado de aquellas solicitudes que han subsanado de conformidad,
a la Comisión de Evaluación, cuyos miembros son designados mediante Resolución de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289817
Cuarto. Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicó en
BOJA requerimiento de subsanación con fecha de 1 de agosto de 2023, por el que se
instaba a las entidades interesadas cuyas solicitudes no reunían todos los requisitos
necesarios conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras, a que subsanasen las
faltas o deficiencias detectadas en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente
al de su publicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 186 - Miércoles, 27 de septiembre de 2023
página 14828/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia de la Agencia
Digital de Andalucía, por la que se conceden subvenciones al amparo de la Orden
de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas
a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad
en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa.
Agencia Digital de Andalucía.
Examinadas las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones en el marco
de la convocatoria efectuada por la Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Agencia
Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda
ancha de muy alta velocidad en zonas industriales, al amparo de la Orden de 11 de enero
de 2023, y en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de enero de 2023 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía (en adelante, BOJA) la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta
velocidad en zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
Segundo. Mediante Resolución de 1 de marzo de 2023, la Agencia Digital de
Andalucía efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en el marco de la
referida Orden de 11 de enero de 2023 (BOJA núm. 55, de 22 de marzo de 2023).
Tercero. El apartado quinto de la citada resolución establece un plazo de presentación
de solicitudes de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
en el BOJA del extracto previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. Dicho extracto fue publicado en el BOJA núm. 55,
de 22 de marzo de 2023 por lo que el 23 de marzo de 2023 comenzó el plazo para dicha
presentación y se presentaron un total de 11 solicitudes de subvención.
Quinto. Finalizado el trámite de subsanación y vista la documentación presentada en
tiempo y forma, se da traslado de aquellas solicitudes que han subsanado de conformidad,
a la Comisión de Evaluación, cuyos miembros son designados mediante Resolución de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00289817
Cuarto. Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicó en
BOJA requerimiento de subsanación con fecha de 1 de agosto de 2023, por el que se
instaba a las entidades interesadas cuyas solicitudes no reunían todos los requisitos
necesarios conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras, a que subsanasen las
faltas o deficiencias detectadas en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente
al de su publicación.