3. Otras disposiciones. . (2023/166-11)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del acto administrativo que se cita.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023
página 13708/20
- Un trabajador para el resto de categorías en el Centro de trabajo de la Empresa en
Málaga capital.
- Tres trabajadores en los centros de trabajo de Fuengirola y Marbella.
- Un trabajador en el resto de centros de trabajo de la Empresa.
En el caso de que se produzca coincidencia en el día solicitado para el disfrute del
día de asuntos propios, en un número de trabajadores superiores a los reseñados con
anterioridad según centros de trabajo, tendrán prioridad para disfrutar del día de asuntos
propios en la fecha solicitada, aquellas peticiones que se hayan recibido con anterioridad.
Las licencias o permisos retribuidos establecidos en el artículo 37.º del Estatuto de
los trabajadores y en el artículo 22.º del convenio colectivo, que pudiesen corresponder
al trabajador/a por razón de parentesco por afinidad serán extensibles a los supuestos en
los que tales situaciones se produzcan en relación a los parientes de la pareja de hecho
del trabajador siempre que la pareja de hecho esté inscrita en el pertinente registro con
antelación a la fecha del hecho causante.
En todo lo no contemplado en el presente artículo, se estará a las disposiciones
legales vigentes.
Artículo 24.º Vacaciones anuales.
El personal de «Avanza Movilidad Integral, S.L.U.» que preste servicios en los centros
de trabajo de Málaga y Cádiz disfrutará anualmente de un período de vacaciones, no
sustituible por compensación económica, de treinta días naturales.
El calendario de vacaciones anuales será confeccionado de común acuerdo entre
la Empresa y la representación del personal, y en él se fijará el período vacacional
correspondiente a los/las trabajadores/as de la misma, debiéndose exhibir públicamente
dicho calendario al comienzo de cada año. Los períodos de vacaciones fijados en
el mismo no podrán ser modificados unilateralmente, requiriéndose para efectuar
modificaciones el acuerdo de los/las trabajadores/as afectados/as y, en cualquier caso,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288716
Artículo 23.º Permiso de conducir.
A los/las conductores/as-Agentes-Únicos/as que como consecuencia del ejercicio
de su trabajo para la Empresa les fuera retirado temporalmente su carnet o permiso de
conducción, con excepción de los supuestos de que dicha retirada derive del consumo de
drogas o alcohol, la Empresa se compromete a:
- Mantenerlos/as en plantilla siempre que la retirada del permiso de conducir lo sea
por un tiempo máximo de tres meses.
- Ocuparlos/as durante la retirada del permiso de conducir en otros puestos de
trabajo, aunque lo sea en grupo profesional distinto, con los salarios inherentes al nuevo
empleo y durante el tiempo que dure la retirada.
- Concesión de excedencia forzosa con derecho a reincorporase a su puesto de
trabajo tan pronto cese la suspensión o retirada del permiso.
- Gestionar que la retirada del permiso lo sea en los meses de menor actividad de la
Empresa.
- Tratar de hacer coincidir la retirada del permiso de conducción con el período anual
de vacaciones.
Posibilidad de situarse en excedencia voluntaria.
Las sanciones que pudieran imponerse al personal de la Empresa y, especialmente,
a los/las «Conductores/as-Agentes únicos/as» en el ejercicio de su cometido profesional,
siempre que tales sanciones deriven de infracciones originadas como consecuencia de
instrucciones impartidas por representantes de la Empresa que contravengan las normas
de circulación; cuando el vehículo no porte la documentación obligatoria o por defectos
imputables al material, serán satisfechas por la Empresa si el correspondiente boletín de
denuncias es entregado de forma inmediata en la misma para que esta pueda articular la
defensa a que haya lugar.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023
página 13708/20
- Un trabajador para el resto de categorías en el Centro de trabajo de la Empresa en
Málaga capital.
- Tres trabajadores en los centros de trabajo de Fuengirola y Marbella.
- Un trabajador en el resto de centros de trabajo de la Empresa.
En el caso de que se produzca coincidencia en el día solicitado para el disfrute del
día de asuntos propios, en un número de trabajadores superiores a los reseñados con
anterioridad según centros de trabajo, tendrán prioridad para disfrutar del día de asuntos
propios en la fecha solicitada, aquellas peticiones que se hayan recibido con anterioridad.
Las licencias o permisos retribuidos establecidos en el artículo 37.º del Estatuto de
los trabajadores y en el artículo 22.º del convenio colectivo, que pudiesen corresponder
al trabajador/a por razón de parentesco por afinidad serán extensibles a los supuestos en
los que tales situaciones se produzcan en relación a los parientes de la pareja de hecho
del trabajador siempre que la pareja de hecho esté inscrita en el pertinente registro con
antelación a la fecha del hecho causante.
En todo lo no contemplado en el presente artículo, se estará a las disposiciones
legales vigentes.
Artículo 24.º Vacaciones anuales.
El personal de «Avanza Movilidad Integral, S.L.U.» que preste servicios en los centros
de trabajo de Málaga y Cádiz disfrutará anualmente de un período de vacaciones, no
sustituible por compensación económica, de treinta días naturales.
El calendario de vacaciones anuales será confeccionado de común acuerdo entre
la Empresa y la representación del personal, y en él se fijará el período vacacional
correspondiente a los/las trabajadores/as de la misma, debiéndose exhibir públicamente
dicho calendario al comienzo de cada año. Los períodos de vacaciones fijados en
el mismo no podrán ser modificados unilateralmente, requiriéndose para efectuar
modificaciones el acuerdo de los/las trabajadores/as afectados/as y, en cualquier caso,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00288716
Artículo 23.º Permiso de conducir.
A los/las conductores/as-Agentes-Únicos/as que como consecuencia del ejercicio
de su trabajo para la Empresa les fuera retirado temporalmente su carnet o permiso de
conducción, con excepción de los supuestos de que dicha retirada derive del consumo de
drogas o alcohol, la Empresa se compromete a:
- Mantenerlos/as en plantilla siempre que la retirada del permiso de conducir lo sea
por un tiempo máximo de tres meses.
- Ocuparlos/as durante la retirada del permiso de conducir en otros puestos de
trabajo, aunque lo sea en grupo profesional distinto, con los salarios inherentes al nuevo
empleo y durante el tiempo que dure la retirada.
- Concesión de excedencia forzosa con derecho a reincorporase a su puesto de
trabajo tan pronto cese la suspensión o retirada del permiso.
- Gestionar que la retirada del permiso lo sea en los meses de menor actividad de la
Empresa.
- Tratar de hacer coincidir la retirada del permiso de conducción con el período anual
de vacaciones.
Posibilidad de situarse en excedencia voluntaria.
Las sanciones que pudieran imponerse al personal de la Empresa y, especialmente,
a los/las «Conductores/as-Agentes únicos/as» en el ejercicio de su cometido profesional,
siempre que tales sanciones deriven de infracciones originadas como consecuencia de
instrucciones impartidas por representantes de la Empresa que contravengan las normas
de circulación; cuando el vehículo no porte la documentación obligatoria o por defectos
imputables al material, serán satisfechas por la Empresa si el correspondiente boletín de
denuncias es entregado de forma inmediata en la misma para que esta pueda articular la
defensa a que haya lugar.