3. Otras disposiciones. . (2023/139-29)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Oficina para la Defensa del Contribuyente.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Viernes, 21 de julio de 2023
página 12367/4
4. Derechos y obligaciones de los usuarios y usuarias.
Los derechos y obligaciones de las personas interesadas en los servicios a los que
se refiere la presente Carta de Servicios en su relación con la Oficina para la Defensa
del Contribuyente son, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Decreto
165/2023, de 4 de julio, por el que se regula la Oficina para la Defensa del Contribuyente
de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía, así como en el resto de la
normativa vigente aplicable, los siguientes:
Obligaciones:
1. El contribuyente o su representante deberá rellenar en el formulario de queja o
sugerencia sus datos identificativos y, en su caso, los datos del procedimiento concreto a
que se refieran.
2. Cuando la queja o sugerencia presentada tenga relación directa o indirecta con
un procedimiento tributario, la persona reclamante deberá tener el carácter de persona
interesada en el procedimiento, debiendo acreditar esta condición.
3. Cuando se actúe mediante representación, la persona representante deberá
acreditar el carácter de persona interesada de su representado, así como su condición de
representante y la validez de la representación.
4. El contribuyente deberá contestar en plazo los requerimientos de subsanación
de defectos de las quejas o sugerencias que realice la Oficina para la Defensa del
Contribuyente.
5. En caso de desistimiento de la queja el contribuyente deberá comunicarlo por
escrito a la Oficina para la Defensa del Contribuyente para que quede constancia en el
expediente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287381
Derechos:
1. Presentar cuantas quejas y sugerencias tuvieren por conveniente relacionadas con
el funcionamiento de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía.
En particular, podrán presentarse quejas sobre las decisiones o prácticas que hayan
dificultado el ejercicio de sus derechos en los procedimientos tributarios, las deficiencias
en la accesibilidad de las instalaciones o de los servicios tributarios cualquiera que sea su
canal de prestación; el retraso en la concesión o atención de las citas previas; el retraso
en el plazo máximo de resolución previsto en los procedimientos tributarios; el manejo de
las plataformas electrónicas de presentación y pago de documentos tributarios; la calidad
de la información; o el trato dado al público.
Especialmente, las sugerencias podrán presentarse sobre la mejora de la calidad de
los servicios, el ahorro del gasto público, la simplificación de trámites administrativos o la
realización de propuestas de modificaciones normativas.
2. Ser informadas en cualquier momento sobre el estado de tramitación de la queja o
sugerencia.
3. Obtener una respuesta expresa y motivada de la Oficina para la Defensa del
Contribuyente sobre el asunto objeto de la queja o de la sugerencia, en un lenguaje
sencillo y comprensible para todas las personas.
4. Ser atendidas con respeto y en igualdad de condiciones, sin discriminación por
razón de sexo, lengua, raza, nacionalidad o cualquier otra circunstancia personal o social.
5. Formular reclamaciones y sugerencias en relación con el funcionamiento de esta
Oficina para la Defensa del Contribuyente y con el incumplimiento de los compromisos
establecidos en la presente Carta de Servicios.
6. Derecho a la protección de datos de carácter personal conforme a la normativa
vigente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Viernes, 21 de julio de 2023
página 12367/4
4. Derechos y obligaciones de los usuarios y usuarias.
Los derechos y obligaciones de las personas interesadas en los servicios a los que
se refiere la presente Carta de Servicios en su relación con la Oficina para la Defensa
del Contribuyente son, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Decreto
165/2023, de 4 de julio, por el que se regula la Oficina para la Defensa del Contribuyente
de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía, así como en el resto de la
normativa vigente aplicable, los siguientes:
Obligaciones:
1. El contribuyente o su representante deberá rellenar en el formulario de queja o
sugerencia sus datos identificativos y, en su caso, los datos del procedimiento concreto a
que se refieran.
2. Cuando la queja o sugerencia presentada tenga relación directa o indirecta con
un procedimiento tributario, la persona reclamante deberá tener el carácter de persona
interesada en el procedimiento, debiendo acreditar esta condición.
3. Cuando se actúe mediante representación, la persona representante deberá
acreditar el carácter de persona interesada de su representado, así como su condición de
representante y la validez de la representación.
4. El contribuyente deberá contestar en plazo los requerimientos de subsanación
de defectos de las quejas o sugerencias que realice la Oficina para la Defensa del
Contribuyente.
5. En caso de desistimiento de la queja el contribuyente deberá comunicarlo por
escrito a la Oficina para la Defensa del Contribuyente para que quede constancia en el
expediente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287381
Derechos:
1. Presentar cuantas quejas y sugerencias tuvieren por conveniente relacionadas con
el funcionamiento de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía.
En particular, podrán presentarse quejas sobre las decisiones o prácticas que hayan
dificultado el ejercicio de sus derechos en los procedimientos tributarios, las deficiencias
en la accesibilidad de las instalaciones o de los servicios tributarios cualquiera que sea su
canal de prestación; el retraso en la concesión o atención de las citas previas; el retraso
en el plazo máximo de resolución previsto en los procedimientos tributarios; el manejo de
las plataformas electrónicas de presentación y pago de documentos tributarios; la calidad
de la información; o el trato dado al público.
Especialmente, las sugerencias podrán presentarse sobre la mejora de la calidad de
los servicios, el ahorro del gasto público, la simplificación de trámites administrativos o la
realización de propuestas de modificaciones normativas.
2. Ser informadas en cualquier momento sobre el estado de tramitación de la queja o
sugerencia.
3. Obtener una respuesta expresa y motivada de la Oficina para la Defensa del
Contribuyente sobre el asunto objeto de la queja o de la sugerencia, en un lenguaje
sencillo y comprensible para todas las personas.
4. Ser atendidas con respeto y en igualdad de condiciones, sin discriminación por
razón de sexo, lengua, raza, nacionalidad o cualquier otra circunstancia personal o social.
5. Formular reclamaciones y sugerencias en relación con el funcionamiento de esta
Oficina para la Defensa del Contribuyente y con el incumplimiento de los compromisos
establecidos en la presente Carta de Servicios.
6. Derecho a la protección de datos de carácter personal conforme a la normativa
vigente.