Disposiciones generales. . (2023/138-2)
Orden de 13 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la acuicultura marina y continental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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LÍNEA DE AYUDA
Inversiones productivas en la acuicultura
marina y continental en Andalucía, a fin de
fomentar la competitividad y sostenibilidad
del sector.
Ayudas para la creación de empresas
acuícolas sostenibles por parte de
nuevos acuicultores, para impulsar el
espíritu empresarial y favorecer el relevo
generacional.
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12254/5
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO
ENLACE
25272
https://juntadeandalucia.es/servicios/
sede/tramites/procedimientos/
detalle/25272.html
25273
https://juntadeandalucia.es/servicios/
sede/tramites/procedimientos/
detalle/25273.html
Artículo 2. Régimen jurídico de las ayudas.
1. Las ayudas previstas en la presente orden se regirán, además de por lo previsto
en la misma, por las normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de
desarrollo o transposición de aquéllas, y en concreto:
a) Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7
de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004.
c) Reglamento (UE, Euratom) núm. 2020/2093, del Consejo de 17 de diciembre de
2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027.
d) Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11
de diciembre de 2013, sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican los
Reglamentos (CE) núm. 1954/2003 y (CE) núm. 1224/2009 del Consejo, y se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2371/2002 y (CE) núm. 639/2004 del Consejo y la Decisión
2004/585/CE del Consejo.
e) Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
para España, aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión Europea núm. CCI
2021ES14MFPR001, de 29 de noviembre de 2022, y los Criterios de Selección para la
concesión de las ayudas, en el marco del Programa Operativo del FEMPA aprobados por
el Comité de Seguimiento, y sus posibles modificaciones futuras.
2. Asimismo, serán de aplicación supletoria las disposiciones que sobre
procedimientos de concesión y gestión de subvenciones rijan para la Administración de la
Junta de Andalucía, y en concreto, las siguientes:
a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno.
c) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
d) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
e) Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la Igualdad de trato y la no discriminación.
f) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las demás normas
básicas que desarrollen la ley.
g) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
h) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287273
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Inversiones productivas en la acuicultura
marina y continental en Andalucía, a fin de
fomentar la competitividad y sostenibilidad
del sector.
Ayudas para la creación de empresas
acuícolas sostenibles por parte de
nuevos acuicultores, para impulsar el
espíritu empresarial y favorecer el relevo
generacional.
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12254/5
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO
ENLACE
25272
https://juntadeandalucia.es/servicios/
sede/tramites/procedimientos/
detalle/25272.html
25273
https://juntadeandalucia.es/servicios/
sede/tramites/procedimientos/
detalle/25273.html
Artículo 2. Régimen jurídico de las ayudas.
1. Las ayudas previstas en la presente orden se regirán, además de por lo previsto
en la misma, por las normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de
desarrollo o transposición de aquéllas, y en concreto:
a) Reglamento (UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
b) Reglamento (UE) núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7
de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004.
c) Reglamento (UE, Euratom) núm. 2020/2093, del Consejo de 17 de diciembre de
2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027.
d) Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11
de diciembre de 2013, sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican los
Reglamentos (CE) núm. 1954/2003 y (CE) núm. 1224/2009 del Consejo, y se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2371/2002 y (CE) núm. 639/2004 del Consejo y la Decisión
2004/585/CE del Consejo.
e) Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
para España, aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión Europea núm. CCI
2021ES14MFPR001, de 29 de noviembre de 2022, y los Criterios de Selección para la
concesión de las ayudas, en el marco del Programa Operativo del FEMPA aprobados por
el Comité de Seguimiento, y sus posibles modificaciones futuras.
2. Asimismo, serán de aplicación supletoria las disposiciones que sobre
procedimientos de concesión y gestión de subvenciones rijan para la Administración de la
Junta de Andalucía, y en concreto, las siguientes:
a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno.
c) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
d) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
e) Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la Igualdad de trato y la no discriminación.
f) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las demás normas
básicas que desarrollen la ley.
g) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
h) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287273
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía