3. Otras disposiciones. . (2023/129-32)
Decreto 165/2023, de 4 de julio, por el que se regula la Oficina para la Defensa del Contribuyente de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Viernes, 7 de julio de 2023

página 11596/8

Artículo 9. Supuestos de inadmisión y no tramitación.
1. No se admitirán quejas y sugerencias en los siguientes casos:
a) Cuando su objeto no sea susceptible de queja o sugerencia de acuerdo con el
artículo 5.
En particular, no se admitirán las quejas y sugerencias en los siguientes casos:
1.º Cuando se pretenda tramitar por la vía regulada en el presente decreto recursos,
reclamaciones o acciones distintas a las quejas o sugerencias contempladas en el
mismo, así como las denuncias a que se refiere el artículo 114 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, sin perjuicio del traslado de los escritos a los servicios
competentes.
2.º Cuando se articulen como quejas las peticiones de información en general, así
como las peticiones de información sobre los procedimientos de devolución u otros
procedimientos tributarios sujetos a plazos, formuladas antes de su finalización.
Ello sin perjuicio de la posibilidad de plantear ante la Oficina para la Defensa del
Contribuyente las quejas o sugerencias que se puedan deducir del funcionamiento de la
Administración tributaria de la Junta de Andalucía en dichos procedimientos.
b) Cuando las quejas se formulen por quienes no reúnan la condición de personas
interesadas en los procedimientos, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1.
c) Cuando se reiteren quejas o sugerencias anteriormente presentadas por la misma
persona interesada que ya hubiesen sido resueltas, aunque se refieran a actos distintos,
si entre la queja o sugerencia anterior y la nueva existe identidad sustancial del objeto.
d) Cuando impliquen la utilización de palabras ofensivas, insultos o falten al debido
respeto a la Oficina para la Defensa del Contribuyente, a la Administración tributaria o a
las personas empleadas públicas o, en general, a los intereses públicos.
e) Cuando se omitan datos esenciales para la tramitación de la queja y la persona
interesada no subsane la omisión tras haber sido requerida por la Oficina para la Defensa
del Contribuyente.
f) Cuando la queja o sugerencia sea ilegible, carezca de motivación o no aporte datos
para la determinación y concreción de los hechos y la persona interesada no subsane la
omisión tras haber sido requerida por la Oficina para la Defensa del Contribuyente.
2. Si los defectos observados fueran subsanables, se concederá a la persona
interesada un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
notificación del requerimiento para su subsanación.
En caso de contestación al requerimiento y persistencia de la causa de inadmisión,
se declarará la inadmisión definitivamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00286621

Artículo 8. Información del procedimiento.
1. Quienes hubieran presentado una queja o sugerencia ante la Oficina para la
Defensa del Contribuyente podrán solicitar, en cualquier momento del procedimiento
y por cualquier medio, información del estado en que se encuentra la tramitación del
mismo.
2. La información deberá solicitarse de forma que quede constancia del nombre y
apellidos o razón social y número de identificación fiscal de la persona o entidad que la
solicita y la acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio
de comunicación habilitado a tal efecto.
En el caso de sugerencias presentadas de forma anónima bastará con aportar
aquellos datos que permitan su verificación y localización.
3. La Consejería competente en materia de Hacienda habilitará un servicio electrónico
en la Oficina para la Defensa del Contribuyente, para información sobre el estado de
tramitación del procedimiento.
Asimismo, las personas interesadas podrán conocer el estado de tramitación de
su queja o sugerencia en la Sede electrónica de la Junta de Andalucía, a través de la
Carpeta Ciudadana, ubicada en el Portal de la Junta de Andalucía.