3. Otras disposiciones. . (2023/128-56)
Decreto 173/2023, de 4 de julio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, la Actividad de Interés Etnológico denominada Alfarería en la provincia de Jaén.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Jueves, 6 de julio de 2023

página 11550/3

Cuarto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de
los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera
que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección
por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio
por las personas investigadoras acreditadas por la misma.
Quinto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su
constancia en el Registro correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
9.9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
Sexto. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición
ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a),
14.1. regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 4 de julio de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

A NE XO
I. Denominación.
Alfarería en la provincia de Jaén.

III. Descripción de la Actividad de Interés Etnológico.
La alfarería de la provincia de Jaén posee una dimensión histórica, cultural y creativa
vinculada a tradiciones territoriales e identitarias merecedoras de ser reconocidas.
A estas potencialidades debe unirse el valor añadido derivado de su contribución a la
sostenibilidad ambiental tanto en contextos urbanos como rurales. Aunque actualmente
la actividad se realiza durante todo el año, tradicionalmente los procesos asociados a la
producción alfarera se realizaban en las estaciones más cálidas y menos extremas.
La actividad conlleva diversas fases que comienzan con la preparación del barro,
para seguir con el modelado o torneado, secado, impermeabilización y decoración,
finalizando con la cocción.
La secuencia empieza con la selección y recogida de la arcilla; después se deja
secar, y se le añade el agua para ablandarla, depurarla y sedimentarla; y por último, antes
de ser utilizada, se deja reposar el producto. Al barro se le añaden elementos plásticos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00286574

II. Localización.
Provincia: Jaén.
Municipios: Alcalá la Real, Andújar, Arjonilla, Baeza, Bailén, y Úbeda.