Autoridades y personal. . (2023/127-27)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Contratado Doctor, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Miércoles, 5 de julio de 2023

página 11408/5

La lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la página web
del Área de Personal en el plazo máximo de diez días contados a partir de la fecha límite
del plazo que se haya dado para la subsanación de defectos. Cuando las circunstancias
lo aconsejen y a criterio del Vicerrectorado competente, se podrá establecer un plazo de
publicación de la lista definitiva comprendido entre uno y tres días.
Contra la notificación de exclusión definitiva se podrá interponer recurso potestativo
de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
notificación de la misma, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Provincial con
sede en Cádiz, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Valoración por el departamento.
4.1. En el plazo de dos días, contados a partir de la finalización del plazo de presentación
de reclamaciones, se remitirán al Departamento para su valoración, las solicitudes
admitidas. En función del número de plazas convocadas y a criterio del Vicerrectorado
competente se podrá establecer un plazo de remisión comprendido entre dos y cinco días.
4.2. Los Consejos de Departamento valorarán las solicitudes admitidas remitiendo
la baremación en el plazo máximo de ocho días al Área de Personal. Cuando las
circunstancias lo aconsejen y a criterio del Vicerrectorado competente, este plazo se
reducirá a la mitad.

6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración del contrato de trabajo es la indicada para cada plaza en el Anexo I.
6.2. Las funciones a realizar por el profesorado contratado podrán ser las de
docencia, investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo
designado por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de
sus necesidades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5. Comisión de Contratación.
5.1. De acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Cádiz, la
Comisión de Contratación está formada por:
- Rector o persona en quien delegue.
- Director/a de Departamento en el que se haya de realizar sus actividades el
aspirante elegido o miembro del profesorado del ámbito de conocimiento implicado en
quien delegue.
- Decano/a o Director/a del Centro o persona en quien delegue.
- Seis miembros del profesorado doctor con vinculación permanente, de los cuales
uno de ellos tendrá vinculación contractual con la Universidad.
Asimismo, asistirán a la Comisión de Contratación, con voz, pero sin voto, alguno/a de
los/las Directores/as de Secretariado dependientes del Vicerrectorado competente como
Secretario/a de la Comisión, y un/a funcionario/a del Área de Personal como Secretario/a
Técnico/a.
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en la
página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en
todo caso, en los dos días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento,
quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros,
requiriéndose, en todo caso, la presencia de Presidente/a y Secretario/a.