3. Otras disposiciones. . (2023/126-44)
Resolución de 26 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Colombicultura.
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Número 126 - Martes, 4 de julio de 2023

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Presidente, en caso de empate. En aras de agilidad administrativa, las decisiones pueden
ser tomadas por comunicación telemática.
Con independencia del compromiso concreto anterior, todos los miembros actuales
de la Junta Directiva y de la Comisión Delegada acatarán en su integridad los criterios
expresados en el documento de «Buen Gobierno» de la FAC.
Si en el futuro se constituyen nuevos órganos de gobierno, bien sea por imperativo
legal o estatutario, o se efectúan cambios en la composición de los citados, todos los
miembros deberán aprobar expresamente el contenido y acatamiento formal de las
presentes normas.
Quienes integren la Junta Directiva o Comisión Delegada no podrán tener la condición
de imputado, procesado, ni encontrarse condenado:
- En relación con procedimientos existentes en cualquier jurisdicción por hechos o
situaciones relacionadas con ilícitos previstos en el Código Penal; en procedimientos
existentes que guarden relación con delitos penales contra la libertad e indemnidad
sexuales previsto en el Código Penal; y en general, en procedimientos existentes que
guarden relación con delitos penales previstos en el Código Penal y que puedan llegar a
representar una afección en la imagen, prestigio o reputación de la entidad que acoja en
su órganos a eventuales personas que llegasen a verse afectadas por tales ilícitos.
-A fin de acreditar que no se hayan en las situaciones previstas en el apartado
anterior deberán aportar una declaración jurada responsable en la que se exprese la no
concurrencia de ninguna de las situaciones apuntadas. Si llega a sobrevenir una situación
de las previstas en el párrafo anterior, la persona afectada deberá renunciar a su cargo
y, de no hacerlos, podrá ser cesado por acuerdo del órgano que lo hubiese designado
conforme, en todo caso, a los procedimientos que resulten de lo previsto en las normas
federativas.
9. El personal directivo y altos cargos federativos deberán suministrar información
relativa a la existencia de relaciones de índole contractual, comercial o familiar con
proveedores o entidades que tengan vínculos comerciales o profesionales con la
federación de la que forman parte.
10. Se requerirá información periódica sobre el volumen de transacciones económicas
que la federación mantenga con sus miembros o terceros vinculados a ellos. Asimismo,
se requerirá información pública sobre los cargos directivos que los responsables
federativos desempeñen, en su actividad privada, en otras sociedades o empresas.
11. Para ostentar la Presidencia o ser miembro de la Junta Directiva de la federación,
se ha de acreditar no haber incurrido en delitos contra la Hacienda Pública ni la Seguridad
Social, ni tampoco haber incurrido en faltas graves contra la Administración Pública. El
Presidente o presidenta de federaciones deportivas no podrá ostentar el cargo durante
más de tres legislaturas.
12. Igualmente todos los miembros de órganos de gobierno firmarán un compromiso
de confidencialidad, así como cualquier persona o entidad externa que pueda tener
acceso a estos datos o información.
13. La Federación Andaluza de Colombicultura, en el ejercicio de las funciones
sujetas a derecho administrativo, se compromete a cumplir las obligaciones de
información y publicidad de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
14. Se deberá adoptar un Código de Buenas Prácticas para la protección del
menor deportista, que será aprobado por su Asamblea General y vinculará a la propia
Federación y a todos sus miembros. En el caso de que se constituyeran nuevos órganos
de gobierno o representación, bien sea por imperativo legal o por decisión del Presidente,
o se efectuaren cambios en la composición de los grupos citados, todos sus miembros
deberán aprobar expresamente el contenido de las presentes normas y acatarlas
formalmente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía