3. Otras disposiciones. . (2023/124-51)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Colombicultura.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 11199/6
Respecto del funcionamiento del Comité de Auditoría y Control se estará a lo
siguiente:
- Se celebrarán 2 reuniones anuales: la primera una vez se reciba oficialmente el
Informe de Auditoría, y la segunda, que coincida con la celebración de la Asamblea
General Ordinaria de la Fac, a cuyo efecto se remitirá con la suficiente antelación a los
miembros del Comité el informe de auditoría y toda la documentación pertinente al efecto.
La primera reunión analizará el Informe de Auditoría y propondrá las medidas
necesarias para corregir las deficiencias encontradas.
La segunda reunión se ocupará de comprobar la correcta aplicación durante
el ejercicio de las Normas de Buen Gobierno, así como analizar la Liquidación del
Presupuesto que se vaya a presentar a la Asamblea General.
- El Comité evaluará el sistema de organización contable y la aplicación de las Normas
de Buen Gobierno y, con este fin, solicitará al a FAC que se justifique el cumplimiento de
las mismas. Para ello, los miembros del Comité establecerán solicitudes periódicas de
información sobre los principales puntos de control establecidos en las Normas.
- El Comité garantizará la independencia del auditor externo en el caso de que sea la
FAC quien contrate las auditorías.
Anualmente, o bianualmente, se someterá a la FAC a un exhaustivo control de
Auditoría, mediante la designación de un auditor externo que dicho organismo contrata
al efecto. Los trabajos de Auditoría externa incluyen la revisión de la liquidación del
presupuesto federativo, las justificaciones a la Consejería de Deportes de la Junta de
Andalucía, Memoria y Cuentas anuales, y especialmente el Balance y Cuenta de Pérdidas
y Ganancias. También revisan los procedimientos administrativos y contables empleados.
- El Comité de Auditoría y Control garantizará la independencia del auditor externo de
la Federación.
En el supuesto de no haber Comité de Auditoría y Control estas funciones las
desempeñará el Interventor de la FAC, nombrado por la Asamblea General a propuesta
del Presidente de la Federación Andaluza de Colombicultura.
Art. 10. Control de la gestión ordinaria.
La Federación Andaluza de Colombicultura aplica un manual de procedimientos con
los siguientes contenidos:
Sistema de autorización de operaciones donde se fija quiénes deben autorizar con su
firma, en función de su cuantía, cada una de las operaciones que realice la Federación.
a) Segregación de funciones en el que ninguna persona interviene en todas las fases
de una transacción.
b) Tratamiento de la información y de la documentación contable, con establecimiento
de soportes documentales de las operaciones realizadas, su custodia y el circuito que
recorren desde el inicio hasta el término de la operación.
c) Riguroso sistema presupuestario y de gestión.
El Manual de Procedimientos queda incorporado a este documento, y será
actualizado cuantas veces sea necesario con las decisiones que sobre el Manual tomen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286215
V. Normas de actuación: Retribuciones y Control de la gestión ordinaria.
Art. 9. Retribuciones.
La Federación Andaluza de Colombicultura no tiene ni realizará, salvo expresa
autorización de la Consejería competente en materia de deporte de la Junta de Andalucía,
a suscripción de contratos blindados, con indemnizaciones por encima de la legislación
vigente.
Salvo casos excepcionales que serán informados a la Consejería competente en
materia de deporte de la Junta de Andalucía, la Federación Andaluza de Colombicultura
no abonará contra el presupuesto federativo gastos de desplazamiento a persona que no
tengan relación con la federación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 11199/6
Respecto del funcionamiento del Comité de Auditoría y Control se estará a lo
siguiente:
- Se celebrarán 2 reuniones anuales: la primera una vez se reciba oficialmente el
Informe de Auditoría, y la segunda, que coincida con la celebración de la Asamblea
General Ordinaria de la Fac, a cuyo efecto se remitirá con la suficiente antelación a los
miembros del Comité el informe de auditoría y toda la documentación pertinente al efecto.
La primera reunión analizará el Informe de Auditoría y propondrá las medidas
necesarias para corregir las deficiencias encontradas.
La segunda reunión se ocupará de comprobar la correcta aplicación durante
el ejercicio de las Normas de Buen Gobierno, así como analizar la Liquidación del
Presupuesto que se vaya a presentar a la Asamblea General.
- El Comité evaluará el sistema de organización contable y la aplicación de las Normas
de Buen Gobierno y, con este fin, solicitará al a FAC que se justifique el cumplimiento de
las mismas. Para ello, los miembros del Comité establecerán solicitudes periódicas de
información sobre los principales puntos de control establecidos en las Normas.
- El Comité garantizará la independencia del auditor externo en el caso de que sea la
FAC quien contrate las auditorías.
Anualmente, o bianualmente, se someterá a la FAC a un exhaustivo control de
Auditoría, mediante la designación de un auditor externo que dicho organismo contrata
al efecto. Los trabajos de Auditoría externa incluyen la revisión de la liquidación del
presupuesto federativo, las justificaciones a la Consejería de Deportes de la Junta de
Andalucía, Memoria y Cuentas anuales, y especialmente el Balance y Cuenta de Pérdidas
y Ganancias. También revisan los procedimientos administrativos y contables empleados.
- El Comité de Auditoría y Control garantizará la independencia del auditor externo de
la Federación.
En el supuesto de no haber Comité de Auditoría y Control estas funciones las
desempeñará el Interventor de la FAC, nombrado por la Asamblea General a propuesta
del Presidente de la Federación Andaluza de Colombicultura.
Art. 10. Control de la gestión ordinaria.
La Federación Andaluza de Colombicultura aplica un manual de procedimientos con
los siguientes contenidos:
Sistema de autorización de operaciones donde se fija quiénes deben autorizar con su
firma, en función de su cuantía, cada una de las operaciones que realice la Federación.
a) Segregación de funciones en el que ninguna persona interviene en todas las fases
de una transacción.
b) Tratamiento de la información y de la documentación contable, con establecimiento
de soportes documentales de las operaciones realizadas, su custodia y el circuito que
recorren desde el inicio hasta el término de la operación.
c) Riguroso sistema presupuestario y de gestión.
El Manual de Procedimientos queda incorporado a este documento, y será
actualizado cuantas veces sea necesario con las decisiones que sobre el Manual tomen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286215
V. Normas de actuación: Retribuciones y Control de la gestión ordinaria.
Art. 9. Retribuciones.
La Federación Andaluza de Colombicultura no tiene ni realizará, salvo expresa
autorización de la Consejería competente en materia de deporte de la Junta de Andalucía,
a suscripción de contratos blindados, con indemnizaciones por encima de la legislación
vigente.
Salvo casos excepcionales que serán informados a la Consejería competente en
materia de deporte de la Junta de Andalucía, la Federación Andaluza de Colombicultura
no abonará contra el presupuesto federativo gastos de desplazamiento a persona que no
tengan relación con la federación.