3. Otras disposiciones. . (2023/124-51)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Colombicultura.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 11199/4
Social, ni tampoco haber incurrido en faltas graves contra la Administración Pública. El
Presidente o presidenta de federaciones deportivas no podrá ostentar el cargo durante
más de tres legislaturas.
12. Igualmente todos los miembros de órganos de gobierno firmarán un compromiso
de confidencialidad, así como cualquier persona o entidad externa que pueda tener
acceso a estos datos o información.
13. La Federación Andaluza de Colombicultura, en el ejercicio de las funciones
sujetas a derecho administrativo, se compromete a cumplir las obligaciones de
información y publicidad de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
14. Se deberá adoptar un Código de Buenas Prácticas para la protección del
menor deportista, que será aprobado por su Asamblea General y vinculará a la propia
Federación y a todos sus miembros.
IV. Órganos de control.
Art. 3. Los Órganos de Control del cumplimiento de las normas de procedimiento
emanadas de este Código en la Federación Andaluza de Colombicultura serán:
1. Secretario General.
2. Comité de Transparencia y Buen Gobierno.(Comité de Auditoría y Control).
Art. 4. El Secretario General.
El Secretario/a General, quien tendrá voz, pero no voto, deberá atender a la legalidad
formal y material de las actuaciones de la Junta Directiva, la Comisión Delegada, de
la Asamblea, y del Gerente, si lo hubiese, y comprobará la regularidad estatutaria, el
cumplimiento de las disposiciones emanadas de los Órganos y Comités reguladores, así
como velar por la observancia de los principios o criterios del buen gobierno federativo.
Art. 6. Funciones del Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Sus principales funciones y cometidos son los siguientes:
a) Asistir, a través de uno de sus miembros a la Junta Directiva en sus funciones de
vigilancia y control del área económica de la Federación, mediante la revisión periódica
del cumplimiento de las disposiciones legales y normas internas aplicables a ésta.
b) Evaluar el sistema de organización contable implantado en la Federación y la
completa y correcta aplicación a su gestión del presente Código de Buen Gobierno.
c) Garantizar la independencia del auditor externo de la Federación.
d) Servir de canal de comunicación entre la Federación y el Auditor, evaluar los
resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones
y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y éste en relación con los principios
y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, proponiendo en su
caso las actuaciones que sean preciso adoptar.
e) Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos
legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
f) Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero
interno adoptados en la federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación y
sustitución de los responsables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286215
Art. 5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Órgano que ejerce las funciones de control y supervisión según competencias
asignadas en su nombramiento.
El cometido básico del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, consiste en
evaluar el sistema de organización económico-financiera y garantizar la independencia
del auditor externo de la Federación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 11199/4
Social, ni tampoco haber incurrido en faltas graves contra la Administración Pública. El
Presidente o presidenta de federaciones deportivas no podrá ostentar el cargo durante
más de tres legislaturas.
12. Igualmente todos los miembros de órganos de gobierno firmarán un compromiso
de confidencialidad, así como cualquier persona o entidad externa que pueda tener
acceso a estos datos o información.
13. La Federación Andaluza de Colombicultura, en el ejercicio de las funciones
sujetas a derecho administrativo, se compromete a cumplir las obligaciones de
información y publicidad de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
14. Se deberá adoptar un Código de Buenas Prácticas para la protección del
menor deportista, que será aprobado por su Asamblea General y vinculará a la propia
Federación y a todos sus miembros.
IV. Órganos de control.
Art. 3. Los Órganos de Control del cumplimiento de las normas de procedimiento
emanadas de este Código en la Federación Andaluza de Colombicultura serán:
1. Secretario General.
2. Comité de Transparencia y Buen Gobierno.(Comité de Auditoría y Control).
Art. 4. El Secretario General.
El Secretario/a General, quien tendrá voz, pero no voto, deberá atender a la legalidad
formal y material de las actuaciones de la Junta Directiva, la Comisión Delegada, de
la Asamblea, y del Gerente, si lo hubiese, y comprobará la regularidad estatutaria, el
cumplimiento de las disposiciones emanadas de los Órganos y Comités reguladores, así
como velar por la observancia de los principios o criterios del buen gobierno federativo.
Art. 6. Funciones del Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Sus principales funciones y cometidos son los siguientes:
a) Asistir, a través de uno de sus miembros a la Junta Directiva en sus funciones de
vigilancia y control del área económica de la Federación, mediante la revisión periódica
del cumplimiento de las disposiciones legales y normas internas aplicables a ésta.
b) Evaluar el sistema de organización contable implantado en la Federación y la
completa y correcta aplicación a su gestión del presente Código de Buen Gobierno.
c) Garantizar la independencia del auditor externo de la Federación.
d) Servir de canal de comunicación entre la Federación y el Auditor, evaluar los
resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones
y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y éste en relación con los principios
y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, proponiendo en su
caso las actuaciones que sean preciso adoptar.
e) Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos
legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
f) Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero
interno adoptados en la federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación y
sustitución de los responsables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286215
Art. 5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Órgano que ejerce las funciones de control y supervisión según competencias
asignadas en su nombramiento.
El cometido básico del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, consiste en
evaluar el sistema de organización económico-financiera y garantizar la independencia
del auditor externo de la Federación.