3. Otras disposiciones. . (2023/124-47)
Decreto 154/2023, de 27 de junio, de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 11176/23
Criterios generales para la aprobación de la programación universitaria de la Junta de
Andalucía.
1) Estructura socioeconómica, unidades de inserción y títulos con formación dual.
La programación universitaria de la Junta de Andalucía debe tener en cuenta la
estructura socioeconómica del territorio, su tejido productivo, así como las potencialidades
y necesidades de su mercado laboral. Se tendrán en cuenta de forma especial aquellas
titulaciones que, aun teniendo poca demanda, sean necesarias para responder a las
necesidades del tejido económico y productivo del territorio o la provincia en cuestión.
Las Universidades deben llevar a cabo una planificación que permita la mejora
continuada de sus titulaciones en su integración con el contexto socioeconómico,
favoreciendo las relaciones con empresas y otras instituciones, fomentando la realización
de prácticas externas en las mismas por parte del estudiantado e incrementando su
participación en los procesos de aseguramiento de la calidad de las titulaciones.
Para la programación, las Universidades realizarán una descripción de su entorno
socioeconómico que justifique la necesidad de los títulos y deberán prever y potenciar, en
su caso, la existencia de servicios o unidades de orientación, inserción y promoción del
empleo y del autoempleo, así como la participación efectiva de empresas, instituciones
y otros agentes externos en los sistemas de garantía de calidad de los centros
universitarios. En este sentido, se tendrán en cuenta aquellas titulaciones que reciban la
mención internacional de calidad o la mención en formación dual.
2) Justificación sobre la viabilidad de nuevas titulaciones.
A efectos de su incorporación a la programación universitaria, para las nuevas
propuestas de enseñanzas universitarias oficiales se valorará su análisis en el contexto
del sistema universitario andaluz.
Asimismo y para las Universidades públicas, se deberá tener en cuenta la existencia
de una demanda real, tanto por parte de la sociedad andaluza como del estudiantado
potencial, la cual deberá fundamentarse adecuadamente en estudios y referentes
externos. En este sentido, la previsión de demanda de estudiantes de nuevo ingreso
deberá tener en cuenta la registrada en las titulaciones afines en los últimos cursos.
En cualquier caso, las propuestas de nuevas enseñanzas a incluir en la programación
universitaria, que repitan la oferta existente, serán objeto de análisis y aprobación
separada y condicionada a cuestiones de demanda social, así como a otros criterios
objetivos que establezca la Consejería competente en materia de Universidades.
3) Equilibrio territorial en la oferta de enseñanzas.
Se buscará la armonización y el equilibrio territorial de las enseñanzas universitarias
oficiales del sistema universitario andaluz en términos de complementariedad, para
garantizar su sostenibilidad. El equilibrio territorial en la programación universitaria pasa
por establecer mecanismos de corrección y actualizar la oferta, incorporando titulaciones
que respondan a necesidades objetivas de formación de la sociedad.
Al tal efecto y en el caso de las Universidades públicas, las propuestas de nuevas
titulaciones deberán tener en cuenta el equilibrio territorial sin que se produzcan
repeticiones no justificadas en base a la demanda social de titulaciones, ni carencias
significativas en la oferta.
4) Títulos conjuntos.
Se tendrán en cuenta los títulos conjuntos como una fórmula de cooperación entre
las Universidades del sistema, que combina la capacidad docente en una oferta flexible,
adaptada a las preferencias del estudiantado, y más competitiva a la hora de atraer
estudiantes de fuera de la región, sean nacionales o internacionales. En este sentido,
deberán ser conjuntas aquellas enseñanzas de Grado, Máster o Doctorado relativas a
materias que por su propia naturaleza sean transversales y de interés general en todo
en territorio andaluz y que, para favorecer su accesibilidad y el mejor uso de recursos
disponibles, deberían de impartirse de forma conjunta por varias Universidades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286196
ANEXO I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 11176/23
Criterios generales para la aprobación de la programación universitaria de la Junta de
Andalucía.
1) Estructura socioeconómica, unidades de inserción y títulos con formación dual.
La programación universitaria de la Junta de Andalucía debe tener en cuenta la
estructura socioeconómica del territorio, su tejido productivo, así como las potencialidades
y necesidades de su mercado laboral. Se tendrán en cuenta de forma especial aquellas
titulaciones que, aun teniendo poca demanda, sean necesarias para responder a las
necesidades del tejido económico y productivo del territorio o la provincia en cuestión.
Las Universidades deben llevar a cabo una planificación que permita la mejora
continuada de sus titulaciones en su integración con el contexto socioeconómico,
favoreciendo las relaciones con empresas y otras instituciones, fomentando la realización
de prácticas externas en las mismas por parte del estudiantado e incrementando su
participación en los procesos de aseguramiento de la calidad de las titulaciones.
Para la programación, las Universidades realizarán una descripción de su entorno
socioeconómico que justifique la necesidad de los títulos y deberán prever y potenciar, en
su caso, la existencia de servicios o unidades de orientación, inserción y promoción del
empleo y del autoempleo, así como la participación efectiva de empresas, instituciones
y otros agentes externos en los sistemas de garantía de calidad de los centros
universitarios. En este sentido, se tendrán en cuenta aquellas titulaciones que reciban la
mención internacional de calidad o la mención en formación dual.
2) Justificación sobre la viabilidad de nuevas titulaciones.
A efectos de su incorporación a la programación universitaria, para las nuevas
propuestas de enseñanzas universitarias oficiales se valorará su análisis en el contexto
del sistema universitario andaluz.
Asimismo y para las Universidades públicas, se deberá tener en cuenta la existencia
de una demanda real, tanto por parte de la sociedad andaluza como del estudiantado
potencial, la cual deberá fundamentarse adecuadamente en estudios y referentes
externos. En este sentido, la previsión de demanda de estudiantes de nuevo ingreso
deberá tener en cuenta la registrada en las titulaciones afines en los últimos cursos.
En cualquier caso, las propuestas de nuevas enseñanzas a incluir en la programación
universitaria, que repitan la oferta existente, serán objeto de análisis y aprobación
separada y condicionada a cuestiones de demanda social, así como a otros criterios
objetivos que establezca la Consejería competente en materia de Universidades.
3) Equilibrio territorial en la oferta de enseñanzas.
Se buscará la armonización y el equilibrio territorial de las enseñanzas universitarias
oficiales del sistema universitario andaluz en términos de complementariedad, para
garantizar su sostenibilidad. El equilibrio territorial en la programación universitaria pasa
por establecer mecanismos de corrección y actualizar la oferta, incorporando titulaciones
que respondan a necesidades objetivas de formación de la sociedad.
Al tal efecto y en el caso de las Universidades públicas, las propuestas de nuevas
titulaciones deberán tener en cuenta el equilibrio territorial sin que se produzcan
repeticiones no justificadas en base a la demanda social de titulaciones, ni carencias
significativas en la oferta.
4) Títulos conjuntos.
Se tendrán en cuenta los títulos conjuntos como una fórmula de cooperación entre
las Universidades del sistema, que combina la capacidad docente en una oferta flexible,
adaptada a las preferencias del estudiantado, y más competitiva a la hora de atraer
estudiantes de fuera de la región, sean nacionales o internacionales. En este sentido,
deberán ser conjuntas aquellas enseñanzas de Grado, Máster o Doctorado relativas a
materias que por su propia naturaleza sean transversales y de interés general en todo
en territorio andaluz y que, para favorecer su accesibilidad y el mejor uso de recursos
disponibles, deberían de impartirse de forma conjunta por varias Universidades.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286196
ANEXO I