3. Otras disposiciones. . (2023/123-34)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por la que se designan los centros de la Comunidad Autónoma de Andalucía que, a partir del curso 2022/23, forman parte de la Red Nacional de Centros de Capacitación Digital en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEu.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11061/2
y anticipatoria de los cambios y necesidades emergentes en los sectores productivos,
en particular los asociados a la digitalización, la transición ecológica, la sostenibilidad
ambiental, la innovación territorial, la salud y la atención a las personas».
Tercero. La Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de
Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Educación de 2 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución
territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades
autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados a la creación de una Red
de Centros de Capacitación Digital, en el marco de la Red Nacional de Competencias
Digitales, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales»
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el BOE el 14 de
diciembre de 2022, distribuye parte de los créditos asignados a estas medidas entre las
Comunidades Autónomas a través del Programa de cooperación territorial Red de Centros
de Capacitación Digital, con la finalidad de formar al ciudadano en la competencia digital
transversal básica, poniendo el acento en los colectivos en riesgo de exclusión digital y
en la lucha contra la brecha digital de género.
Quinto. Andalucía, como perceptora de los fondos, en cumplimiento con lo
dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por
el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de
desarrollo, aplica unos principios o criterios específicos de obligatoria consideración en
la planificación y ejecución de las actuaciones a realizar, transversales en el conjunto del
Plan, que de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, son los siguientes:
a) Concepto de hito y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y
acreditación del resultado.
Los hitos y objetivos a cumplir por las Comunidades Autónomas para estas medidas
son coherentes con los marcados en el citado Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
b) Etiquetado verde y etiquetado digital.
La medida C19.I01 descrita anteriormente, en todo su ciclo de vida (producción, uso
y final), por su diseño, tiene un impacto negativo claramente nulo o insignificante sobre
el objetivo medioambiental considerado, tal y como establece el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, sin tener asignado etiquetado verde. Su contribución al
objetivo de Transición ecológica es del 0% y al de Transición digital es del 100%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286086
Cuarto. En virtud de la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría
General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
se le concede a la Comunidad Autónoma de Andalucía, con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.5005.32SA.450.50, en el ejercicio presupuestario 2022, la cantidad de
6.350.600,00 euros para la creación de una red de 226 centros de capacitación digital
que pasarán a formar parte de la Red Nacional de Capacitación Digital y en la que se
formarán personas mediante acciones formativas de carácter no formal asociadas, entre
otras, a una cualificación profesional de nivel 2 del Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, de forma que puedan desenvolverse en una sociedad digitalizada.
Dicha resolución establece en el resuelvo tercero, entre otras condiciones, que serán
centros susceptibles de acoger un Centro/Aula de Capacitación Digital los centros de
formación profesional y los centros de adultos sostenidos con fondos públicos. Asimismo,
establece en el resuelvo sexto el plazo de ejecución para la realización de las actividades
susceptibles de financiación con estos créditos desde la fecha de la resolución de
concesión de los mismos hasta el 31 de diciembre de 2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
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y anticipatoria de los cambios y necesidades emergentes en los sectores productivos,
en particular los asociados a la digitalización, la transición ecológica, la sostenibilidad
ambiental, la innovación territorial, la salud y la atención a las personas».
Tercero. La Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de
Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Educación de 2 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución
territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades
autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados a la creación de una Red
de Centros de Capacitación Digital, en el marco de la Red Nacional de Competencias
Digitales, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales»
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el BOE el 14 de
diciembre de 2022, distribuye parte de los créditos asignados a estas medidas entre las
Comunidades Autónomas a través del Programa de cooperación territorial Red de Centros
de Capacitación Digital, con la finalidad de formar al ciudadano en la competencia digital
transversal básica, poniendo el acento en los colectivos en riesgo de exclusión digital y
en la lucha contra la brecha digital de género.
Quinto. Andalucía, como perceptora de los fondos, en cumplimiento con lo
dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por
el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de
desarrollo, aplica unos principios o criterios específicos de obligatoria consideración en
la planificación y ejecución de las actuaciones a realizar, transversales en el conjunto del
Plan, que de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, son los siguientes:
a) Concepto de hito y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y
acreditación del resultado.
Los hitos y objetivos a cumplir por las Comunidades Autónomas para estas medidas
son coherentes con los marcados en el citado Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
b) Etiquetado verde y etiquetado digital.
La medida C19.I01 descrita anteriormente, en todo su ciclo de vida (producción, uso
y final), por su diseño, tiene un impacto negativo claramente nulo o insignificante sobre
el objetivo medioambiental considerado, tal y como establece el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, sin tener asignado etiquetado verde. Su contribución al
objetivo de Transición ecológica es del 0% y al de Transición digital es del 100%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286086
Cuarto. En virtud de la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría
General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
se le concede a la Comunidad Autónoma de Andalucía, con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.5005.32SA.450.50, en el ejercicio presupuestario 2022, la cantidad de
6.350.600,00 euros para la creación de una red de 226 centros de capacitación digital
que pasarán a formar parte de la Red Nacional de Capacitación Digital y en la que se
formarán personas mediante acciones formativas de carácter no formal asociadas, entre
otras, a una cualificación profesional de nivel 2 del Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales, de forma que puedan desenvolverse en una sociedad digitalizada.
Dicha resolución establece en el resuelvo tercero, entre otras condiciones, que serán
centros susceptibles de acoger un Centro/Aula de Capacitación Digital los centros de
formación profesional y los centros de adultos sostenidos con fondos públicos. Asimismo,
establece en el resuelvo sexto el plazo de ejecución para la realización de las actividades
susceptibles de financiación con estos créditos desde la fecha de la resolución de
concesión de los mismos hasta el 31 de diciembre de 2023.