3. Otras disposiciones. . (2023/121-60)
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se configura el sistema interno de información de dicha institución, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Martes, 27 de junio de 2023
página 10874/2
a) Las personas que tengan la condición de empleados públicos de la Cámara de
Cuentas de Andalucía.
b) Los Consejeros/as de la Cámara de Cuentas de Andalucía y la persona titular de
su Secretaría General.
c) Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y dirección de contratistas,
subcontratistas o proveedores de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
d) El personal de las entidades fiscalizadas que haya obtenido información sobre
infracciones en el contexto de una fiscalización.
También se incluyen a las personas informantes que comuniquen o revelen
públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación
laboral, funcionarial o estatutaria ya finalizada, personal voluntario, becario, personas
trabajadoras en períodos de formación, independientemente de si reciben o no una
remuneración, así como aquéllos cuya relación aún no haya comenzado, en los casos en
que la información de la infracción haya sido obtenida durante el proceso de selección o
de negociación precontractual.
3.2. Ámbito material ¿Sobre qué se puede informar?
Se pueden informar sobre cualquier acciones u omisiones relacionadas con el
funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, que puedan ser constitutivas
de las infracciones que se indican en el articulo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas
y de lucha contra la corrupción.
4. Responsable del Sistema interno de información.
De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 8 de la Ley 2/2023, se designa como
Responsable del Sistema interno de información a la persona que ocupe, temporal
o definitivamente, el puesto de Coordinador/a de la Secretaría General y Jefatura del
Gabinete Jurídico de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a quien se deberá dotar de
todos los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo sus funciones.
En casos de vacante, enfermedad, ausencia justificada, abstención y conflicto de interés
del titular, se designa como suplente a la persona que ocupe, temporal o definitivamente,
el puesto de Letrado/a de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
El Responsable del Sistema desarrolla sus funciones de forma independiente y
autónoma respecto al resto de órganos de la Institución, sin poder recibir instrucciones de
ningún tipo en su ejercicio.
6. Política de confidencialidad y protección de datos.
El objetivo principal de la Ley 2/2023, es brindar una protección adecuada a las
personas informantes de infracciones, así como a sus familiares y a las personas jurídicas
para las que trabajan, frente a posibles represalias, y también a las personas que les
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285897
5. Canal interno de información.
Las informaciones y comunicaciones sobre las infracciones comprendidas dentro del
ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023, podrán recibirse tanto por escrito como
verbalmente. En concreto, por las siguientes vías:
- Canal interno de información: Es la vía preferente de entrada, permitiendo una
comunicación bidireccional. Este canal, ágil y antiformalista, asegura el anonimato del
denunciante en caso de ser solicitado.
- Telefónica: Se habilitará un número de teléfono con buzón de voz para grabar las
denuncias que lleguen por este medio.
- Presencialmente: A solicitud del informante, las comunicaciones podrán realizarse
mediante reunión presencial ante el Responsable del Sistema, que tendrá lugar dentro
del plazo máximo de siete días y también será grabada y/o documentada.
Cualquiera que se la vía utilizada, las informaciones y comunicaciones tendrán como
destinario único al responsable del sistema interno de información.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Martes, 27 de junio de 2023
página 10874/2
a) Las personas que tengan la condición de empleados públicos de la Cámara de
Cuentas de Andalucía.
b) Los Consejeros/as de la Cámara de Cuentas de Andalucía y la persona titular de
su Secretaría General.
c) Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y dirección de contratistas,
subcontratistas o proveedores de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
d) El personal de las entidades fiscalizadas que haya obtenido información sobre
infracciones en el contexto de una fiscalización.
También se incluyen a las personas informantes que comuniquen o revelen
públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación
laboral, funcionarial o estatutaria ya finalizada, personal voluntario, becario, personas
trabajadoras en períodos de formación, independientemente de si reciben o no una
remuneración, así como aquéllos cuya relación aún no haya comenzado, en los casos en
que la información de la infracción haya sido obtenida durante el proceso de selección o
de negociación precontractual.
3.2. Ámbito material ¿Sobre qué se puede informar?
Se pueden informar sobre cualquier acciones u omisiones relacionadas con el
funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, que puedan ser constitutivas
de las infracciones que se indican en el articulo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas
y de lucha contra la corrupción.
4. Responsable del Sistema interno de información.
De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 8 de la Ley 2/2023, se designa como
Responsable del Sistema interno de información a la persona que ocupe, temporal
o definitivamente, el puesto de Coordinador/a de la Secretaría General y Jefatura del
Gabinete Jurídico de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a quien se deberá dotar de
todos los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo sus funciones.
En casos de vacante, enfermedad, ausencia justificada, abstención y conflicto de interés
del titular, se designa como suplente a la persona que ocupe, temporal o definitivamente,
el puesto de Letrado/a de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
El Responsable del Sistema desarrolla sus funciones de forma independiente y
autónoma respecto al resto de órganos de la Institución, sin poder recibir instrucciones de
ningún tipo en su ejercicio.
6. Política de confidencialidad y protección de datos.
El objetivo principal de la Ley 2/2023, es brindar una protección adecuada a las
personas informantes de infracciones, así como a sus familiares y a las personas jurídicas
para las que trabajan, frente a posibles represalias, y también a las personas que les
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285897
5. Canal interno de información.
Las informaciones y comunicaciones sobre las infracciones comprendidas dentro del
ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023, podrán recibirse tanto por escrito como
verbalmente. En concreto, por las siguientes vías:
- Canal interno de información: Es la vía preferente de entrada, permitiendo una
comunicación bidireccional. Este canal, ágil y antiformalista, asegura el anonimato del
denunciante en caso de ser solicitado.
- Telefónica: Se habilitará un número de teléfono con buzón de voz para grabar las
denuncias que lleguen por este medio.
- Presencialmente: A solicitud del informante, las comunicaciones podrán realizarse
mediante reunión presencial ante el Responsable del Sistema, que tendrá lugar dentro
del plazo máximo de siete días y también será grabada y/o documentada.
Cualquiera que se la vía utilizada, las informaciones y comunicaciones tendrán como
destinario único al responsable del sistema interno de información.