3. Otras disposiciones. . (2023/121-52)
Orden de 29 de mayo de 2023, por la que se actualiza la normativa de visita, comercialización y otros usos públicos del Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y de sus bienes adscritos.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 121 - Martes, 27 de junio de 2023

página 10889/10

B) Precio de las entradas.
1. El precio de las entradas, así como las reducciones y gratuidades que se
establezcan sobre las mismas, será el que se apruebe por la Consejería competente en
materia de cultura, en la orden de precios públicos vigente en cada momento.
2. El PAG deberá informar de manera clara y concisa a través de los medios que
considere pertinentes de los precios públicos vigentes en cada momento. Dicha
información deberá figurar obligatoriamente en su página web, en los distintos soportes
informáticos o físicos que considere pertinente para una mayor divulgación de los
mismos, así como en las taquillas de venta directa y máquinas expendedoras (TVR),
cajeros, terminales u otros medios del propio monumento y de sus bienes adscritos u
otros emplazamientos que se habiliten a tal efecto.
C) Recogida de las entradas.
1. Las entradas se podrán recoger o retirar en las taquillas de venta directa del
monumento, máquinas expendedoras (TVR), cajeros, terminales u otros medios («print at
home», QR, etc.) que el PAG ponga a disposición de los canales establecidos.
2. Las entradas deberán recogerse, en su caso, con al menos 1 hora de antelación a
la hora indicada del acceso a los Palacios Nazaríes. Cuando las entradas sean recogidas
en taquillas expendedoras deberá hacerse por las mismas personas que realizaron la
reserva mediante presentación de documento de identificación personal expedido por el
Ministerio del Interior o cualquier documento identificativo de carácter oficial expedido por
una autoridad del país de nacionalidad del visitante. Si la recogida la realizase una tercera
persona, requerirá de autorización y copia del documento de identificación personal
expedido por el Ministerio del Interior o documento análogo del país correspondiente de
la persona autorizante y el mismo documento original de la persona autorizada.
3. Para el acceso al Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y a sus bienes
adscritos, las personas beneficiarias de gratuidad o reducción en el precio de la entrada
deberán presentar en taquilla los justificantes oficiales, válidos y actualizados de pertenencia
al colectivo beneficiario de la gratuidad o reducción (jubilados, poseedores del carnet Joven,
personas con minusvalía, etc.), el día de la recogida de la entrada y el día de la visita. En
caso contrario, deberán abonar el precio completo correspondiente a su tipo de entrada.
D) Devolución de las entradas.
1. Las entradas adquiridas no admiten devolución, salvo en los siguientes supuestos:
- Cuando no haya sido posible realizar la visita por causa imputable al PAG.
- Cuando concurran algunos de los supuestos establecidos en el artículo 35 del
reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de
Andalucía y la gestión recaudatoria, aprobado por Decreto 197/2021 de 20 de julio.
2. La devolución se realizará conforme al procedimiento establecido en el Capítulo III,
del Título III, del reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de
la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria.
En ningún caso procederá la devolución del importe de la comisión por gestión que
se haya establecido en el sistema de gestión y venta de entradas.
E) Prohibiciones.
Queda prohibida la venta comisionada o reventa de entradas, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 21.1 del Reglamento General de la Admisión de Personas en los
Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto 10/2003, de
28 de enero.
Norma 3.2. Sistema de gestión y venta.
1. El PAG mantendrá, en cada momento y según sus necesidades de servicio, el
sistema de gestión interna que mejor convenga y que integre la venta anticipada de
entradas de acceso al Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y a sus
bienes adscritos, así como a aquellos otros monumentos y espacios de interés del
patrimonio histórico y cultural que mediante acuerdos, protocolos, convenios u otro tipo
de colaboraciones se establezcan para tal fin.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285912

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía