Disposiciones generales. . (2023/119-6)
Extracto de la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
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Número 119 - Viernes, 23 de junio de 2023

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1.º Adaptación de edificios públicos para prevenir el exceso de calor y mejorar la
eficiencia energética. Se priorizarán las intervenciones de prevención del calor de
carácter pasivo (como sistemas de sombreado y cubiertas verdes) y las realizadas
sobre los equipamientos utilizados por los grupos más vulnerables al calor:
centros educativos, residencias de ancianos, centros de salud, centros de día
para personas mayores, etc. También podrá incluirse la climatización de edificios
públicos en base a refrigerantes naturales o bien HFOs con PCA inferior a 150.
2.º Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de
calor urbana: sombreado natural o artificial de calles y plazas, reducción de la
impermeabilidad del suelo, captación de aguas pluviales, creación de microclimas
con láminas de agua, aplicación de soluciones bioclimáticas, etc.
b) Aplicar soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos
asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos, consistentes en:
1.º Mejora de la infraestructura urbana verde y azul, caracterizada por su
multifuncionalidad: restauración de tramos urbanos de ríos, zonas inundables para
hacer frente a las avenidas extremas, mejora de la conectividad natural entre el
medio urbano y periurbano, sistemas de drenaje urbano sostenible, etc.
2.º Proyectos a escala de barrio que incidan sobre el metabolismo urbano, más
resiliente y más cercano a los procesos naturales, aprovechando el espacio
público, espacios urbanos infrautilizados y equipamientos en desuso para integrar
componentes de adaptación y mitigación del cambio climático.
3.º Incremento de la biodiversidad urbana y mejora de los hábitats para la vida
silvestre: aumento de zonas verdes urbanas y mejora de hábitats, jardines
verticales, tejados verdes, restauración o rehabilitación de zonas húmedas,
hábitats para polinizadores incluyendo refugios para las especies nidificantes y
presencia de vegetación adecuada en parques, jardines y alcorques, priorización
de la conservación de hábitats existentes frente a la creación de nuevas zonas,
instalación de comederos y cajas nido.
c) Integración del cambio climático e infraestructura verde en la planificación y
gestión urbanística, a través de: análisis de escenarios de cambio climático utilizando
las proyecciones regionalizadas para España, mapas de clima urbano, que analicen la
capacidad de absorción y de cesión de calor por parte de los materiales urbanos y mapas
de ventilación urbana.
d) Diseño e implantación de Zonas de Bajas Emisiones definidas como ámbito
delimitado por una Administración Pública, en ejercicio de sus competencias, dentro
de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso,
circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las
emisiones de gases de efecto invernadero.
2. Serán subvencionables las actuaciones que se hayan iniciado con posterioridad al
28 de octubre de 2020, y se encuentren sin finalizar a la fecha de publicación del extracto
de la convocatoria en BOJA. Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse entre
el 28 de octubre de 2020 y el 1 de junio de 2024.
3. No se financiarán las tipologías de actuaciones que no sean compatibles con los
objetivos previstos en el PIMA Cambio Climático. Tampoco serán financiables aquellas
actuaciones que supongan un coste económico de explotación manifiestamente superior
a la capacidad económica u organizativa del municipio solicitante.
4. Cada municipio sólo podrá presentar una solicitud de acuerdo con el artículo 3 de
la orden de bases de la convocatoria.
5. Las solicitudes de subvención se presentarán en formato electrónico, en el
Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, ajustándose al
modelo normalizado establecido en el Anexo II de la citada Orden de 19 de junio de 2023,
disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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