Disposiciones generales. . (2023/119-6)
Extracto de la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Viernes, 23 de junio de 2023

página 10807/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Extracto de la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000
habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio
Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
BDNS (Identificación): 704177.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index, en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25156.html y
en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convoca la concesión de subvenciones a municipios con un tamaño superior a
50.000 e inferior a 100.000 habitantes, en régimen de concurrencia no competitiva, para
financiar la realización de actuaciones de carácter innovador y redacción de proyectos
para la adaptación al cambio climático, en el marco del Plan PIMA Cambio Climático.
2. Las ayudas están financiadas con ingresos procedentes de subastas de
derechos de emisión, a través de transferencia del Estado recibida, tras la reunión del
Consejo de Ministros celebrada el día 27 de octubre de 2020, que recoge el acuerdo
por el que se aprueba la distribución territorial definitiva de los créditos presupuestarios
correspondientes a los criterios objetivos y acuerdos fijados en la Conferencia Sectorial
de Medio Ambiente, celebrada el 21 de septiembre de 2020.
3. La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a un millón de euros,
estando su concesión limitada por las disposiciones presupuestarias existentes en el
ejercicio.
El coste de las acciones previstas será imputado a la siguiente partida presupuestaria:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

IMPORTE ANUALIDAD
2023

IMPORTE ANUALIDAD
2024

IMPORTE
TOTAL

1900180000 G/44B/76001/00 S0669 2021000814

500.000 €

500.000 €

1.000.000 €

Tercero. Objeto.
1. Serán susceptibles de subvención los costes directamente relacionados con la
realización, en zonas urbanas y periurbanas, de actuaciones dirigidas a:
a) Atenuar el efecto isla de calor urbana y preparar los edificios públicos para las
temperaturas extremas y prevenir el exceso de calor:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285827

Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser entidades beneficiarias los municipios de población superior a 50.000 e
inferior a 100.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según los datos
de población correspondientes al último año publicado por el Instituto de Estadística y
Cartografía de Andalucía (IECA).