Disposiciones generales. . (2023/118-1)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo por la que se modifica la Resolución de 7 de diciembre de 2016, por la que se convoca la concesión de subvenciones para incentivar la realización de Escuelas Taller y Talleres de Empleo conforme a lo previsto en la Orden de 2 de junio de 2016, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a dichos programas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10657/3
Con fecha 23 de febrero de 2022, se publica el Real Decreto 152/2022, de 22 de
febrero de 2022, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022, quedando
establecido para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios,
sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 33,33 euros/día o 1.000
euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
Asimismo, con fecha 15 de febrero de 2023, se publica Real Decreto 99/2023, de
14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, quedando
establecido para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los
servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 euros/día
o 1080 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
Posteriormente, con fecha de 30 de marzo de 2023, se publica la Orden PCM/313/2023
por la que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan
las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese
de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023,
donde se actualizan la base de cotización de los contratos de formación en alternancia
para el año 2023.
Por todo lo expuesto, entendemos que procede una nueva modificación de la
Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo, en base al Informe AJ-CEFTA 2019/86 emitido por la Asesoría Jurídica
de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.2 y
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, los artículos 118 y 120 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
marzo, el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, en la Disposición Adicional primera de la Orden de 2 de junio de
2016, y el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
esta Dirección General
RESU ELV E
PROVINCIA
INCREMENTO
SEVILLA
123.019,65 €
Se aplicarán exclusivamente a lo establecido en los artículos 5.5, 37.1 c) y 42.1.c)
de la Orden de 2 de junio de 2016, respecto a la financiación del módulo C en lo
concerniente a los incrementos del SMI y de las cuotas de desempleo a cargo de la
persona empleadora.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285680
Primero. Modificar la Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Dirección General
de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca la concesión de
subvenciones para incentivar la realización de Escuelas Taller y Talleres de Empleo,
conforme a lo previsto en la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
de 2 de junio de 2016, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas
de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de
Andalucía y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia competitiva a dichos programas en su apartado cuarto del resuelve
segundo, en los siguientes términos:
«Incrementar la dotación total distribuida en la provincia de Sevilla y aplicable a
la partida presupuestaria cuyo año de efectividad en caja es 2023, en la siguiente
cuantía, con el objeto de incrementar el crédito de la convocatoria, para atender y
compensar proporcionalmente la subida no prevista y extraordinaria del salario mínimo
interprofesional para 2022 y 2023:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10657/3
Con fecha 23 de febrero de 2022, se publica el Real Decreto 152/2022, de 22 de
febrero de 2022, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022, quedando
establecido para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios,
sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 33,33 euros/día o 1.000
euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
Asimismo, con fecha 15 de febrero de 2023, se publica Real Decreto 99/2023, de
14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, quedando
establecido para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los
servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 euros/día
o 1080 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
Posteriormente, con fecha de 30 de marzo de 2023, se publica la Orden PCM/313/2023
por la que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan
las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese
de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023,
donde se actualizan la base de cotización de los contratos de formación en alternancia
para el año 2023.
Por todo lo expuesto, entendemos que procede una nueva modificación de la
Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo, en base al Informe AJ-CEFTA 2019/86 emitido por la Asesoría Jurídica
de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.2 y
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, los artículos 118 y 120 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
marzo, el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, en la Disposición Adicional primera de la Orden de 2 de junio de
2016, y el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
esta Dirección General
RESU ELV E
PROVINCIA
INCREMENTO
SEVILLA
123.019,65 €
Se aplicarán exclusivamente a lo establecido en los artículos 5.5, 37.1 c) y 42.1.c)
de la Orden de 2 de junio de 2016, respecto a la financiación del módulo C en lo
concerniente a los incrementos del SMI y de las cuotas de desempleo a cargo de la
persona empleadora.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285680
Primero. Modificar la Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Dirección General
de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca la concesión de
subvenciones para incentivar la realización de Escuelas Taller y Talleres de Empleo,
conforme a lo previsto en la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
de 2 de junio de 2016, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas
de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de
Andalucía y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia competitiva a dichos programas en su apartado cuarto del resuelve
segundo, en los siguientes términos:
«Incrementar la dotación total distribuida en la provincia de Sevilla y aplicable a
la partida presupuestaria cuyo año de efectividad en caja es 2023, en la siguiente
cuantía, con el objeto de incrementar el crédito de la convocatoria, para atender y
compensar proporcionalmente la subida no prevista y extraordinaria del salario mínimo
interprofesional para 2022 y 2023: