Disposiciones generales. . (2023/118-1)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo por la que se modifica la Resolución de 7 de diciembre de 2016, por la que se convoca la concesión de subvenciones para incentivar la realización de Escuelas Taller y Talleres de Empleo conforme a lo previsto en la Orden de 2 de junio de 2016, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a dichos programas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10657/4
Segundo. La Delegación Territorial competente en materia de Formación Profesional
para el Empleo, en el ámbito de sus propias circunscripciones territoriales y con los
límites presupuestarios incrementados en el resuelve primero de esta resolución y según
la disposición adicional primera de la Orden de 2 de junio de 2016, ya señalada, es la
competente para efectuar de oficio las modificaciones de las resoluciones de concesión
de subvenciones que procedan en los términos y cuantías que correspondan según lo
establecido en esta resolución, y en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero de 2022,
y en el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, desde su publicación, en los
términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo máximo de dos meses,
contados en la misma forma ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00285680
Sevilla, 15 de junio de 2023.- El Director General, José Manuel Delgado Utrera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10657/4
Segundo. La Delegación Territorial competente en materia de Formación Profesional
para el Empleo, en el ámbito de sus propias circunscripciones territoriales y con los
límites presupuestarios incrementados en el resuelve primero de esta resolución y según
la disposición adicional primera de la Orden de 2 de junio de 2016, ya señalada, es la
competente para efectuar de oficio las modificaciones de las resoluciones de concesión
de subvenciones que procedan en los términos y cuantías que correspondan según lo
establecido en esta resolución, y en el Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero de 2022,
y en el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, desde su publicación, en los
términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo máximo de dos meses,
contados en la misma forma ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00285680
Sevilla, 15 de junio de 2023.- El Director General, José Manuel Delgado Utrera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja