3. Otras disposiciones. . (2023/114-58)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Taekwondo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023

página 10341/2

5. La FAT se hace cargo de las especialidades deportivas del Hapkido, el ParaTaekwondo y Taekwondo ITF en Andalucía y del desarrollo de sus competiciones oficiales
de dichas especialidades deportivas federadas, en el ámbito de nuestra Autonomía.
Artículo 2. Composición.
1. La Federación está integrada por los clubes deportivos, secciones deportivas,
deportistas profesores entrenadores y jueces árbitros, dedicados al fomento del Taekwondo,
de carácter federado, y de sus especialidades deportivas, Hapkido, Para-Taekwondo y
Taekwondo ITF, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza, que
de forma expresa y voluntaria se afilien a través de su preceptiva licencia, en los términos
indicados en el artículo 25 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
2. La afiliación a la FAT es requisito obligatorio para:
a) Organizar competiciones oficiales federadas de Taekwondo y de sus especialidades
deportivas Hapkido, Para-Taekwondo y Taekwondo ITF.
b) Participar en competiciones oficiales de dicha modalidad deportiva y especialidades
deportivas, de carácter federado.
c) Intervenir en las tareas federativas, de las mismas.
Artículo 3. Representatividad.
1. La FAT ostenta la representación de la Comunidad de Andalucía en las actividades
y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional, celebradas
dentro y fuera del territorio nacional, siempre que no venga expresamente atribuida a la
autoridad administrativa o Consejería competente en materia de deporte, o a cualquiera
de sus órganos de dirección, gestión o promoción.
2. Asimismo, la FAT representa en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía a la Federación española en la que se integra.
Artículo 4. Domicilio social.
1. La FAT está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Tiene su
domicilio social en la ciudad de Sevilla, en Avenida de Hytasa, Edificio Hytasa-12, planta
3.a, módulo 12, CP 41006.
2. El cambio de domicilio social necesitará del acuerdo de la mayoría absoluta de los
miembros de la Asamblea General, salvo que se efectúe dentro del mismo municipio,
en cuyo caso podrá efectuarse por mayoría simple. El cambio de domicilio deberá
comunicarse al Registro Andaluz de Entidades Deportivas.

Artículo 6. Funciones propias.
1. Son funciones propias de la FAT, las de gobierno, administración, gestión,
organización, desarrollo y promoción del deporte Taekwondo y de sus especialidades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285364

Artículo 5. Régimen Jurídico.
La FAT se rige:
1. Por la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte en Andalucía.
2. Por las normas reglamentarias que la desarrollan y por las anteriores aún vigentes.
3. Por los presentes Estatutos, el Reglamento de Régimen Disciplinario de la FAT,
otras normas reglamentarias y circulares dictadas por su Junta Directiva, en el desarrollo
de sus propias competencias.
4. Por las normas y reglamentos nacionales e internacionales, emanados de aquellas
federaciones o asociaciones a las que se haya adscrita directa o indirectamente a través
de la RFET.
5. Por los acuerdos adoptados por la Asamblea General de la FAT, como órgano
supremo de representación y gestión, dentro del ámbito de sus competencias y en la
forma legal o reglamentaria prevista.