3. Otras disposiciones. . (2023/114-58)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Taekwondo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023

página 10341/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la
Federación Andaluza de Taekwondo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 6 de junio de 2023 , se
ratificó la modificación de los estatutos de la Federación Andaluza de Taekwondo y se
acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de
Taekwondo, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 12 de junio de 2023.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
A NE XO
TÍTULO I

Artículo 1. Definición.
1. La Federación Andaluza de Taekwondo (en adelante, FAT), constituida al amparo
de la legislación deportiva aplicable al momento de su constitución y en la actualidad
regulada en la Ley 5/2016, del Deporte en Andalucía, y demás disposiciones dictadas
para su desarrollo, es una entidad deportiva de carácter privado y naturaleza asociativa,
sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para
el cumplimiento de sus fines, consistentes en la promoción, práctica, organización,
reglamentación y desarrollo de la modalidad deportiva de Taekwondo, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dentro de la FAT, y sin perjuicio del reconocimiento de su propia identidad, están
acogidas y se comprenden el Hapkido, el Para-Taekwondo y Taekwondo ITF como
especialidades deportivas.
2. La FAT por su propia configuración legal, es una entidad de utilidad pública, al estar
integrada en la correspondiente Federación Nacional, conforme a la Ley del Deporte
Estatal y su normativa complementaria de aplicación.
3. Además de sus propias atribuciones, ejerce por delegación funciones públicas
de carácter administrativo, actuando, en estos casos, como agente colaboradora de la
Administración y ostenta el carácter de utilidad pública en Andalucía.
4. La FAT está integrada en la correspondiente Federación Española, de acuerdo
con el procedimiento y requisitos establecidos en los estatutos de esta, gozando así del
carácter de utilidad pública, de conformidad con la Ley del Deporte Estatal.
La FAT acepta a la Federación Española de Taekwondo (FET) como la única
autoridad nacional en el Ámbito de este Deporte por lo que se refiere a la aprobación y a
la aplicación de las normas, acuerdos y reglamento de su competencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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DEFINICIÓN, OBJETO SOCIAL, RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNCIONES