5. Anuncios. . (2023/114-93)
Anuncio de 25 de mayo de 2023, del Excmo. Ayuntamiento de Garrucha, de las bases generales de la convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial de Policía Local de la plantilla de funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Garrucha por promoción interna mediante concurso-oposición. (PP. 2021/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023

página 9471/3

de la presente convocatoria) dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento,
manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
4.2. Junto con la solicitud se presentarán los siguientes documentos:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Fotocopia de los títulos habilitantes para participar en el proceso: Título de bachiller,
técnico o equivalente.
- Certificación de los requisitos exigidos en la base tercera: No hallarse en segunda
actividad y carecer de faltas graves o muy graves en su expediente.
- Para su valoración en la fase de concurso, relación de méritos y fotocopias simples
de los mismos sin necesidad de que estos vengan compulsados o cotejados, así como
declaración responsable en la que se manifieste que tales documentos son fotocopias
de sus originales y que se comprometen a presentarlos en el plazo establecido en
estas bases, en el caso de ser propuestos/as por el Tribunal de Selección para su
nombramiento. Los méritos a tener en cuenta están referidos a la fecha que expire el
plazo de presentación de instancias.
4.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
Garrucha (sito en Paseo Malecón, 132, Garrucha, Almería 04630), o conforme a lo
dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
4.4. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado
para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los
documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido
en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.

Sexta. Tribunal Calificador.
6.1. El Tribunal calificador estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un
Secretario
Presidencia: Interventor.
Vocalía: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía. Se admite
formalización de convenios de colaboración interadministrativa al objeto de garantizar
el nombramiento de vocales afectos al desarrollo y evaluación del presente proceso de
selección
Secretaría: Administrativa de Área General de Personal e Intervención, con voz y sin
voto.
6.2. No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación
política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Quinta. Admisión de aspirantes.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as y las causas de exclusión. Dicha resolución deberá publicarse en el tablón
de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento, y se señalará un plazo de diez días
hábiles para su subsanación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen
la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante
dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos,
determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. En la misma resolución,
se hará constar la designación nominal del tribunal de selección, y será publicada en el
tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento.