5. Anuncios. . (2023/114-93)
Anuncio de 25 de mayo de 2023, del Excmo. Ayuntamiento de Garrucha, de las bases generales de la convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial de Policía Local de la plantilla de funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Garrucha por promoción interna mediante concurso-oposición. (PP. 2021/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023

página 9471/2

Segunda. Legislación aplicable.
Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de
diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de
ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de
la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto
201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los
funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por
la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el
ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de
la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22
de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y
el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas
categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 30 de noviembre de 2020, por
la que se modifica el Anexo III de la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de
diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el
baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas
categorías de los Cuerpos de la Policía Local y en lo no previsto en la citada legislación,
les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba
el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y
promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de
Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración general del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

Cuarta. Solicitudes.
4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación
en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte
en las pruebas selectivas cursarán su solicitud (de conformidad con el modelo de Anexo I,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284496

Tercera. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios
de carrera en los Cuerpo de la Policía Local, en la categoría inmediata anterior a la que se
aspira, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación
de segunda actividad por causa de embarazo.
b) No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por
causa de embarazo.
c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente
d) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal,
en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de
capacitación en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas
de Policía de las Corporaciones Locales.