Disposiciones generales. . (2023/114-3)
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres con Problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023
página 10413/12
determinados por los roles de género.
Por otro lado, si en nuestra intervención partimos del análisis de las causas que
generan las desigualdades, hay que diseñar propuestas de acción tendentes a
modificarlas, contribuyendo a establecer dinámicas de trabajo que se adecúen y
respondan de manera integral a dar cobertura a las necesidades de las mujeres que se
encuentran en esta situación.
“Uno de los principales problemas que sufren las mujeres víctimas de violencia en
concurrencia con el desarrollo de una adicción, es la falta de recursos especializados y
adaptados, por lo que no se puede dar respuesta adecuada a las necesidades de las
mujeres atendidas”. (Martínez Redondo, 2009).
Por ello, es imprescindible la colaboración y coordinación entre las redes públicas
implicadas y la formación de los equipos profesionales para intervenir con perspectiva
de género.
Este protocolo se desarrolla en la línea de los protocolos ya existentes en el Sistema
Sanitario Público Andaluz, complementando la atención prestada a las mujeres
víctimas de violencia de género, desde los servicios especializados de adicciones y
desde los recursos de la Red de Atención Integral a mujeres víctimas de violencia de
género.
Por último, debemos aclarar que, aun cuando sabemos, que la violencia de género1
tiene múltiples manifestaciones y se desarrolla en todos los espacios, las estrategias y
pautas recogidas en este protocolo están especialmente centradas en la violencia que
sufre la mujer por parte de su pareja o ex pareja, por tratarse de la forma más habitual
de violencia de género.
3. OBJETIVOS
GENERAL
Garantizar una atención integral e integrada a las mujeres que presentan problemas de
adicciones y además son víctimas de violencia de género, mediante un marco técnico
institucional que regule la actuación y coordinación de los equipos profesionales
implicados en los diferentes dispositivos de las redes de atención, tanto de Adicciones
como de Violencia de Género.
8|Página
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285436
1
La violencia física, psicológica, sexual o económica ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo, con independencia de
cualquier circunstancia personal o social, contra sus hijas e hijos cuando sufren la violencia a la que está sometida su madre, contra
las personas menores de edad, personas mayores, las personas con discapacidad o en situación de dependencia, que estén sujetas
a la tutela o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género y que convivan en el entorno violento, así como las
madres cuya descendencia haya sido asesinada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023
página 10413/12
determinados por los roles de género.
Por otro lado, si en nuestra intervención partimos del análisis de las causas que
generan las desigualdades, hay que diseñar propuestas de acción tendentes a
modificarlas, contribuyendo a establecer dinámicas de trabajo que se adecúen y
respondan de manera integral a dar cobertura a las necesidades de las mujeres que se
encuentran en esta situación.
“Uno de los principales problemas que sufren las mujeres víctimas de violencia en
concurrencia con el desarrollo de una adicción, es la falta de recursos especializados y
adaptados, por lo que no se puede dar respuesta adecuada a las necesidades de las
mujeres atendidas”. (Martínez Redondo, 2009).
Por ello, es imprescindible la colaboración y coordinación entre las redes públicas
implicadas y la formación de los equipos profesionales para intervenir con perspectiva
de género.
Este protocolo se desarrolla en la línea de los protocolos ya existentes en el Sistema
Sanitario Público Andaluz, complementando la atención prestada a las mujeres
víctimas de violencia de género, desde los servicios especializados de adicciones y
desde los recursos de la Red de Atención Integral a mujeres víctimas de violencia de
género.
Por último, debemos aclarar que, aun cuando sabemos, que la violencia de género1
tiene múltiples manifestaciones y se desarrolla en todos los espacios, las estrategias y
pautas recogidas en este protocolo están especialmente centradas en la violencia que
sufre la mujer por parte de su pareja o ex pareja, por tratarse de la forma más habitual
de violencia de género.
3. OBJETIVOS
GENERAL
Garantizar una atención integral e integrada a las mujeres que presentan problemas de
adicciones y además son víctimas de violencia de género, mediante un marco técnico
institucional que regule la actuación y coordinación de los equipos profesionales
implicados en los diferentes dispositivos de las redes de atención, tanto de Adicciones
como de Violencia de Género.
8|Página
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285436
1
La violencia física, psicológica, sexual o económica ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo, con independencia de
cualquier circunstancia personal o social, contra sus hijas e hijos cuando sufren la violencia a la que está sometida su madre, contra
las personas menores de edad, personas mayores, las personas con discapacidad o en situación de dependencia, que estén sujetas
a la tutela o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género y que convivan en el entorno violento, así como las
madres cuya descendencia haya sido asesinada.