Autoridades y personal. . (2023/112-36)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023

página 10234/4

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un
mes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá
publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en
que se encuentre expuesta a los interesados la lista de admitidos/as y excluidos/as,
indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En la citada Resolución se hará
pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas y
se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2. Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse,
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán
fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino,
además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas
admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no
aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso
selectivo, salvo en los siguientes casos:
- Exclusiones de solicitudes del cupo de discapacidad motivadas por la no acreditación
del grado de discapacidad, en cuyo caso dichas solicitudes pasarían como admitidas al
cupo general.
- Exclusiones de solicitudes del cupo de discapacidad motivadas por la no acreditación
de las adaptaciones solicitadas, en cuyo caso dichas solicitudes se consideran admitidas
por dicho cupo, si bien las adaptaciones solicitadas no serán consideradas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285257

3.6. Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su
solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder a la
presentada en el procedimiento telemático y anexar la documentación adicional.
3.7. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes. En caso de falsedad o manipulación
en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el proceso selectivo, con
independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.
3.8. A la solicitud se deberán adjuntar, en formato pdf, los siguientes documentos:
a) Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Los aspirantes extranjeros
deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de
algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los familiares de los anteriores deberán presentar documento que acredite esta
condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.
b) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas
selectivas, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar
también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos en un
único archivo.
c) Las personas aspirantes afectadas por discapacidad deberán presentar certificado
expedido al efecto por los órganos competentes de la administración estatal o, en su caso,
de la comunidad autónoma correspondiente. Así mismo, en caso de solicitar adaptación
para la realización de las pruebas, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo acerca
de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración
que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación
que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias
personales.