Autoridades y personal. . (2023/112-36)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.
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Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
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3.2. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento
«Procesos selectivos nuevo ingreso del Personal de Administración y Servicios»,
disponible en la sede electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente dirección:
https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0103
Para el acceso a dicho trámite se requerirá la identificación electrónica de la persona
interesada, para lo cual será necesario disponer de certificado digital de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o DNI electrónico. En la Sede Electrónica de la
Universidad de Almería (sede.ual.es) se podrá consultar la información relativa a los
requisitos técnicos para realizar el procedimiento aludido.
3.3. Para completar con éxito el proceso de solicitud los interesados deberán acceder
al referido procedimiento habilitado en la Sede Electrónica y realizar, dentro del plazo
estipulado, los siguientes pasos:
a) Cumplimentar el formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar
la solicitud.
b) Abonar los derechos de examen correspondientes que ascienden a la cantidad de
20 euros. Únicamente se permitirá el pago mediante tarjeta de crédito-TPV.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo,
aquellas personas que no hayan presentado su solicitud a través del procedimiento
habilitado al efecto y dentro del plazo de presentación establecido.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de
realizar el pago, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son
correctos.
Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando
una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede
electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo
no vencido. Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios
para su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia
en materia de Registro o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
3.4. Para dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.8 respecto a las normas de
información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia
Competitiva en la Universidad de Almería, se requerirá que por parte de los aspirantes
se consigne en la solicitud una cuenta de correo electrónico válida cuyo titular sea el
aspirante. Dicha cuenta de correo será el medio utilizado para la realización de las
preceptivas comunicaciones a los interesados relativas a la publicación de los distintos
actos derivados de la presente convocatoria.
3.5. Las personas aspirantes afectadas por un grado de discapacidad reconocido
igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de
reserva de discapacitados, deberán indicarlo marcando la opción prevista para tal fin en
la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el
apartado correspondiente de la solicitud. De solicitar dicha adaptación, deberán aportar
dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido
por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que
conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los
ejercicios según sus circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del
informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285257
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 10234/3
3.2. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente su solicitud. Para ello, deberán inscribirse mediante el procedimiento
«Procesos selectivos nuevo ingreso del Personal de Administración y Servicios»,
disponible en la sede electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente dirección:
https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0103
Para el acceso a dicho trámite se requerirá la identificación electrónica de la persona
interesada, para lo cual será necesario disponer de certificado digital de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o DNI electrónico. En la Sede Electrónica de la
Universidad de Almería (sede.ual.es) se podrá consultar la información relativa a los
requisitos técnicos para realizar el procedimiento aludido.
3.3. Para completar con éxito el proceso de solicitud los interesados deberán acceder
al referido procedimiento habilitado en la Sede Electrónica y realizar, dentro del plazo
estipulado, los siguientes pasos:
a) Cumplimentar el formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar
la solicitud.
b) Abonar los derechos de examen correspondientes que ascienden a la cantidad de
20 euros. Únicamente se permitirá el pago mediante tarjeta de crédito-TPV.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo,
aquellas personas que no hayan presentado su solicitud a través del procedimiento
habilitado al efecto y dentro del plazo de presentación establecido.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de
realizar el pago, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son
correctos.
Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando
una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede
electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo
no vencido. Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios
para su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia
en materia de Registro o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
3.4. Para dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.8 respecto a las normas de
información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia
Competitiva en la Universidad de Almería, se requerirá que por parte de los aspirantes
se consigne en la solicitud una cuenta de correo electrónico válida cuyo titular sea el
aspirante. Dicha cuenta de correo será el medio utilizado para la realización de las
preceptivas comunicaciones a los interesados relativas a la publicación de los distintos
actos derivados de la presente convocatoria.
3.5. Las personas aspirantes afectadas por un grado de discapacidad reconocido
igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de
reserva de discapacitados, deberán indicarlo marcando la opción prevista para tal fin en
la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el
apartado correspondiente de la solicitud. De solicitar dicha adaptación, deberán aportar
dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido
por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que
conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los
ejercicios según sus circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del
informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285257
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía