Autoridades y personal. . (2023/112-20)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales en los Conservatorios Superiores de Música y Danza para el curso académico 2023/2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/15
que se adjunta. No obstante, la Administración educativa podrá requerir en cualquier
momento del procedimiento la presentación de documentación original correspondiente.
En caso de falsedad documental, la persona afectada no podrá beneficiarse de la
ordenación de las bolsas en calidad de discapacitada; todo ello, sin perjuicio de las
responsabilidades en que pudiera incurrir por su actuación.
El personal aspirante a interinidad que tenga acreditada una discapacidad igual o
superior al 33% y participe en la presente convocatoria, podrá acogerse a lo establecido
en el apartado 2 de la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2020,
por lo que podrá solicitar la eliminación de las provincias consignadas. No obstante lo
anterior, deberá cumplimentar en el Anexo III aquellos Conservatorios Superiores de
Música o Danza a los que desee optar. Dicho personal solo vendrá obligado a participar en
los procedimientos de adjudicación de vacantes sobrevenidas o sustituciones regulados
en el artículo 58 de la Orden de 10 de junio de 2020, cuando se oferten plazas en los
Conservatorios Superiores de Música o Danza que hubiera consignado en el referido
Anexo III.
De no obtener destino, el personal participante en este procedimiento permanecerá
en la bolsa o bolsas a las que pertenezca para la cobertura de posibles vacantes
sobrevenidas o sustituciones en los procedimientos de adjudicación regulados en el
artículo 58 de la Orden de 10 de junio de 2020.
3. Criterios para la adjudicación de destino.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.6 de la Orden de 10 de junio de
2020, la prioridad en la adjudicación de destinos vendrá dada por el orden en que figure
en la correspondiente bolsa de trabajo, a continuación siempre del personal funcionario
interino.
Decimocuarta. Puestos objeto de adjudicación.
1. Serán objeto de adjudicación, con carácter general, todos los puestos de trabajo
previstos para el curso académico 2023/2024 en las correspondientes plantillas de
funcionamiento de los Conservatorios Superiores de Música y Danza que no se hallen
ocupados efectivamente por sus titulares definitivos, ni sean objeto de otras convocatorias
por resultar afectados por la existencia de requisitos específicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Decimotercera. Personal que ha superado el procedimiento selectivo extraordinario
de estabilización convocado por Orden de 14 de noviembre de 2022.
Tendrá un plazo específico de diez días hábiles para la presentación de su solicitud
de participación en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales el
personal que haya superado el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de
noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de
estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de
Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes
Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores
Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional. El referido plazo de
presentación de solicitudes se hará público en el portal electrónico de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por resolución de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, una vez publicada la adjudicación
definitiva de las plazas convocadas en el procedimiento del modo establecido en la base
novena de la referida Orden de 14 de noviembre de 2022.
Este personal deberá participar, en el procedimiento de adjudicación de destinos
provisionales, como personal funcionario de carrera sin destino definitivo, colectivo a que
se refiere el párrafo g) de la base primera de esta resolución, de conformidad con lo
regulado en la base séptima (Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos
de Música y Artes Escénicas que reingrese o no tenga destino definitivo).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/15
que se adjunta. No obstante, la Administración educativa podrá requerir en cualquier
momento del procedimiento la presentación de documentación original correspondiente.
En caso de falsedad documental, la persona afectada no podrá beneficiarse de la
ordenación de las bolsas en calidad de discapacitada; todo ello, sin perjuicio de las
responsabilidades en que pudiera incurrir por su actuación.
El personal aspirante a interinidad que tenga acreditada una discapacidad igual o
superior al 33% y participe en la presente convocatoria, podrá acogerse a lo establecido
en el apartado 2 de la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2020,
por lo que podrá solicitar la eliminación de las provincias consignadas. No obstante lo
anterior, deberá cumplimentar en el Anexo III aquellos Conservatorios Superiores de
Música o Danza a los que desee optar. Dicho personal solo vendrá obligado a participar en
los procedimientos de adjudicación de vacantes sobrevenidas o sustituciones regulados
en el artículo 58 de la Orden de 10 de junio de 2020, cuando se oferten plazas en los
Conservatorios Superiores de Música o Danza que hubiera consignado en el referido
Anexo III.
De no obtener destino, el personal participante en este procedimiento permanecerá
en la bolsa o bolsas a las que pertenezca para la cobertura de posibles vacantes
sobrevenidas o sustituciones en los procedimientos de adjudicación regulados en el
artículo 58 de la Orden de 10 de junio de 2020.
3. Criterios para la adjudicación de destino.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.6 de la Orden de 10 de junio de
2020, la prioridad en la adjudicación de destinos vendrá dada por el orden en que figure
en la correspondiente bolsa de trabajo, a continuación siempre del personal funcionario
interino.
Decimocuarta. Puestos objeto de adjudicación.
1. Serán objeto de adjudicación, con carácter general, todos los puestos de trabajo
previstos para el curso académico 2023/2024 en las correspondientes plantillas de
funcionamiento de los Conservatorios Superiores de Música y Danza que no se hallen
ocupados efectivamente por sus titulares definitivos, ni sean objeto de otras convocatorias
por resultar afectados por la existencia de requisitos específicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Decimotercera. Personal que ha superado el procedimiento selectivo extraordinario
de estabilización convocado por Orden de 14 de noviembre de 2022.
Tendrá un plazo específico de diez días hábiles para la presentación de su solicitud
de participación en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales el
personal que haya superado el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de
noviembre de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de
estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de
Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes
Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores
Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional. El referido plazo de
presentación de solicitudes se hará público en el portal electrónico de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por resolución de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, una vez publicada la adjudicación
definitiva de las plazas convocadas en el procedimiento del modo establecido en la base
novena de la referida Orden de 14 de noviembre de 2022.
Este personal deberá participar, en el procedimiento de adjudicación de destinos
provisionales, como personal funcionario de carrera sin destino definitivo, colectivo a que
se refiere el párrafo g) de la base primera de esta resolución, de conformidad con lo
regulado en la base séptima (Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos
de Música y Artes Escénicas que reingrese o no tenga destino definitivo).