Autoridades y personal. . (2023/112-20)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales en los Conservatorios Superiores de Música y Danza para el curso académico 2023/2024.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/16
Decimoquinta. Publicación de adjudicación de destinos definitivos y efectos.
1. Mediante resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos, se harán públicos los listados con la adjudicación provisional de los destinos,
concediéndose un plazo para reclamaciones y, en su caso, desistimientos, de cinco días
hábiles a contar a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.
2. Transcurrido el plazo señalado y resueltas, en su caso, las alegaciones
presentadas, con las modificaciones que procedan, se elevarán a definitivos los listados
con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por resolución de dicha
Dirección General.
3. Las resoluciones a que se refieren los apartados anteriores se publicarán en la
página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. Con la publicación de las resoluciones correspondientes, se considerará efectuada
la notificación al personal interesado.
5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y
administrativos de 1 de septiembre de 2023.
No obstante, el personal funcionario interino que a la fecha citada de 1 de septiembre
de 2023 se halle de baja por incapacidad temporal u otro tipo de baja o permiso que
suponga pago directo por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, no podrá
tomar posesión en el destino adjudicado hasta pasar a la situación de alta, sin perjuicio
de su inscripción en el registro integrado de recursos humanos a los efectos del cómputo
del período que corresponda en la bolsa de trabajo.
6. El personal funcionario de carrera de un cuerpo docente distinto al Cuerpo de
Catedráticos de Música y Artes Escénicas que resulte adjudicatario de una vacante
por este procedimiento por el colectivo recogido en el párrafo j) del apartado 1 de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Los códigos de los puestos, por especialidades, son los que figuran en el Anexo IV de
la presente resolución.
2. Puestos específicos y requisitos para su desempeño.
2.1. En el Anexo V de la presente resolución figuran los códigos de los puestos
específicos objeto de cobertura a través de esta convocatoria. Los requisitos establecidos
para la provisión de estos puestos están recogidos en el Anexo III de la Orden de 10 de
junio de 2020.
Los puestos del referido Anexo V serán los únicos que podrán ser consignados a
media jornada, de conformidad con lo establecido en la base tercera de la presente
convocatoria.
2.2. En los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al cumplimiento
de requisitos, estos han de poseerse en la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes. La documentación que avale el cumplimiento de dichos
requisitos se aportará, en formato PDF, junto con la solicitud telemática. En caso de
falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en
la convocatoria, con independencia de la responsabilidad en que pudiera incurrir por su
actuación. La Administración educativa informará al personal participante de los requisitos
ya acreditados y registrados en el sistema integrado de recursos humanos.
No obstante, en los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al
cumplimiento de requisitos de experiencia en puestos de iguales o similares características
(del Anexo V de la presente convocatoria), dichos requisitos se comprobarán de oficio por
la Administración educativa, por lo que la persona interesada en su cobertura solo tendrá
que señalar en la solicitud que cumple el requisito correspondiente.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden de 10 de junio
de 2020, la Dirección General competente en materia de plantillas docentes aprobará
la relación de vacantes iniciales para el presente procedimiento y la publicará en el
portal electrónico de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
previamente a las correspondientes resoluciones definitivas de adjudicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/16
Decimoquinta. Publicación de adjudicación de destinos definitivos y efectos.
1. Mediante resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos, se harán públicos los listados con la adjudicación provisional de los destinos,
concediéndose un plazo para reclamaciones y, en su caso, desistimientos, de cinco días
hábiles a contar a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.
2. Transcurrido el plazo señalado y resueltas, en su caso, las alegaciones
presentadas, con las modificaciones que procedan, se elevarán a definitivos los listados
con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por resolución de dicha
Dirección General.
3. Las resoluciones a que se refieren los apartados anteriores se publicarán en la
página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. Con la publicación de las resoluciones correspondientes, se considerará efectuada
la notificación al personal interesado.
5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y
administrativos de 1 de septiembre de 2023.
No obstante, el personal funcionario interino que a la fecha citada de 1 de septiembre
de 2023 se halle de baja por incapacidad temporal u otro tipo de baja o permiso que
suponga pago directo por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, no podrá
tomar posesión en el destino adjudicado hasta pasar a la situación de alta, sin perjuicio
de su inscripción en el registro integrado de recursos humanos a los efectos del cómputo
del período que corresponda en la bolsa de trabajo.
6. El personal funcionario de carrera de un cuerpo docente distinto al Cuerpo de
Catedráticos de Música y Artes Escénicas que resulte adjudicatario de una vacante
por este procedimiento por el colectivo recogido en el párrafo j) del apartado 1 de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Los códigos de los puestos, por especialidades, son los que figuran en el Anexo IV de
la presente resolución.
2. Puestos específicos y requisitos para su desempeño.
2.1. En el Anexo V de la presente resolución figuran los códigos de los puestos
específicos objeto de cobertura a través de esta convocatoria. Los requisitos establecidos
para la provisión de estos puestos están recogidos en el Anexo III de la Orden de 10 de
junio de 2020.
Los puestos del referido Anexo V serán los únicos que podrán ser consignados a
media jornada, de conformidad con lo establecido en la base tercera de la presente
convocatoria.
2.2. En los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al cumplimiento
de requisitos, estos han de poseerse en la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes. La documentación que avale el cumplimiento de dichos
requisitos se aportará, en formato PDF, junto con la solicitud telemática. En caso de
falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en
la convocatoria, con independencia de la responsabilidad en que pudiera incurrir por su
actuación. La Administración educativa informará al personal participante de los requisitos
ya acreditados y registrados en el sistema integrado de recursos humanos.
No obstante, en los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al
cumplimiento de requisitos de experiencia en puestos de iguales o similares características
(del Anexo V de la presente convocatoria), dichos requisitos se comprobarán de oficio por
la Administración educativa, por lo que la persona interesada en su cobertura solo tendrá
que señalar en la solicitud que cumple el requisito correspondiente.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden de 10 de junio
de 2020, la Dirección General competente en materia de plantillas docentes aprobará
la relación de vacantes iniciales para el presente procedimiento y la publicará en el
portal electrónico de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
previamente a las correspondientes resoluciones definitivas de adjudicación.