3. Otras disposiciones. . (2023/108-41)
Resolución de 2 de junio de 2023, conjunta de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera y de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdos híbridos, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Jueves, 8 de junio de 2023

página 9918/11

ANEXO I

1. Los capturaderos deben estar identificados mediante indicación indeleble del/de
los siguiente/s código/s (a efectos de registro en la Delegación Territorial competente en
materia de caza y su control): PROVINCIA-XXX.
2. Los capturaderos estarán sujetos a las condiciones siguientes:
a) Por seguridad del resto de la fauna silvestre los capturaderos, siempre que no estén
activas deberán permanecer cerradas, recomendamos el uso de candado, cerradura o
similar, para garantizar que su apertura y activación se produzca solo por el titular de la
autorización que sea el responsable de su instalación y mantenimiento.
b) Deberá facilitarse el acceso a los puntos de su ubicación a los Agentes de Medio
Ambiente y al resto de Agentes de la Autoridad competentes, para su inspección y control.
c) La activación debe ser comunicada verbalmente con al menos 3 días de antelación
al Agente de Medio Ambiente de la zona.
d) Serán cebadas preferentemente con vegetales (almendras, maíz,...) o aporte de
alimento del jabalí y cerdo asilvestrado, pero en ningún caso con carne.
e) Las dimensiones mínimas serán de 150x60x60cm (largo x ancho x alto). Serán de
color que se camufle con el medio en que se instalen y podrán optar por una de las dos
siguientes posibilidades:
i. La separación entre barrotes será igual o superior a 10 cm.
ii. Si no se cumpliese la distancia entre barrotes antes indicada, entonces dispondrá
de, al menos, un hueco para escape de animales de pequeño tamaño, a ras de
suelo con unas dimensiones mínimas de 10x10 cm.
3. Los jabalíes o cerdos asilvestrados, capturados, deben ser sacrificados a la
mayor brevedad posible, en horario diurno, una vez detectada la captura. El sacrificio se
realizará asegurándose una muerte inmediata, mediante el uso de armas de caza, bajo el
estricto cumplimiento de la normativa en materia de armas. Se tomarán todas las medidas
necesarias para prevenir accidentes personales o daños materiales. En terrenos rústicos
urbanizados o en terrenos urbanos será de aplicación la legislación vigente respecto al
sacrificio de animales por persona autorizada.
4. Los animales de otras especies capturados de forma accidental serán liberados de
forma inmediata, salvo que se aprecien lesiones o daños que requieran cuidados veterinarios,
en cuyo caso se comunicará al Centro de Recuperación de Especies Amenazadas
(CREAs) para su recogida, situados en las provincias de Almería (Tfno. 670 944 592),
Cádiz (Tfno. 670 946 198), Córdoba (Tfno. 957 559 548), Huelva (Tfno. 671 569 081),
Granada (Tfno. 670 945 699), Jaén (Tfno. 670 946 263), Málaga (Tfno. 670 944 598) y
Sevilla (Tfno. 670 941 592).
5. Los animales sacrificados y sus subproductos deben ser transportados y tratados
de conformidad con la normativa de sanidad animal y de salud, pudiendo optarse por
alguna de las siguientes opciones:
a) Transporte y eliminación como subproductos animales no destinados a consumo
humano mediante vehículos y entidades gestoras autorizados, cumpliendo la normativa
sobre eliminación y transformación de subproductos animales, en particular el Decreto
68/2009, de 24 de marzo, por el que se regulan las disposiciones específicas para la
aplicación de la normativa comunitaria y estatal en materia de subproductos de origen
animal no destinados a consumo humano en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284943

CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES PARA EL EMPLEO DE CAPTURADEROS
(DELEGACIONES TERRITORIALES DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
DESARROLLO SOSTENIBLE) EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA