Disposiciones generales. . (2023/108-3)
Orden de 2 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, para la selección de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola, y para la concesión de la ayuda preparatoria en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (2021-2027), en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 108 - Jueves, 8 de junio de 2023

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que forman parte de la solicitante en relación con el valor total comercializado en las
lonjas de los municipios integrados en el ámbito territorial correspondiente. Por este
criterio se asignará hasta un máximo de 30 puntos.
2.º Representatividad del sector acuícola: se asignarán hasta 25 puntos por este
concepto tomando en consideración la relación de los establecimientos de cultivos
marinos de las entidades que forman parte de la solicitante con indicación del volumen de
producción del año inmediatamente anterior al de la convocatoria, debiendo concentrar
al menos el 15% de la producción acuícola comercializada en primera venta en el ámbito
territorial correspondiente.
3.º Adhesión de otras entidades que permitan la dinamización y la diversificación del
sector pesquero: se asignará 0,5 puntos por cada entidad del sector social, excluidas las
organizaciones representativas de mujeres, del sector económico y del sector público
que formen parte de la solicitante siempre que su ámbito de actuación se circunscriba al
ámbito territorial de aquella. Por este criterio se asignará hasta un máximo de 10 puntos.
4.º Contribución a la igualdad de género: se asignará 0,5 puntos por cada organización
representativa de mujeres vinculadas al sector pesquero y acuícola que forme parte de
la solicitante siempre que su ámbito de actuación se circunscriba al ámbito territorial de
aquella. Por este criterio se asignará hasta un máximo de 5 puntos.
Para la valoración de los criterios señalados en los puntos 1.º y 2.º, la asignación de
los puntos se realizará entre las solicitudes presentadas de manera proporcional tomando
como base la máxima puntuación otorgada. Para la comprobación de los porcentajes y
datos a los que se hace referencia en dichos apartados se cotejarán los datos aportados
por los GALPA con los informes y estadísticas oficiales publicadas en la página web de la
Consejería competente en materia de pesca y acuicultura.
b) Relativos a la EDLP (máximo 20 puntos):
1.º Participación del sector pesquero en el proceso de elaboración de la EDLP. Se
valorará la participación en el proceso de elaboración de la EDLP de organizaciones de
productores pesqueros y acuícola, asociaciones de pescadores y acuicultores, cofradías
de pescadores y otras entidades del sector pesquero extractivo, del sector transformador
y de la comercialización de productos pesqueros y acuícolas, así como de su industria
auxiliar. Se otorgará 0,5 puntos por entidad participante, con un máximo de 10 puntos.
2.º Coherencia y calidad del plan financiero. Se otorgará hasta un máximo de 5
puntos, que se distribuirán en función del porcentaje de los gastos de funcionamiento y
animación del GALPA en relación con el gasto público total en que se incurra en el marco
de su EDLP, conforme a la siguiente escala:

Entre el 15% y el 17,5%

TOTAL PUNTOS
5 puntos

Entre el 17,5% y el 20%

3,75 puntos

Entre el 20% y el 22,5%

2,50 puntos

Entre el 22,5% y el 25%

1,25 puntos

3.º Inclusión entre los objetivos de la EDLP de planes de dinamización y diversificación
de la economía local que mejore las condiciones de vida de la zona, destacando la
promoción de espacios protegidos y el desarrollo de actividades destinadas a su
recuperación y salvaguarda, la economía azul, la colaboración con entidades científicas
para el desarrollo de proyectos de investigación aplicada a la actividad pesquera y al
conocimiento marino, el fomento de la pesca-turismo y del turismo acuícola y marinero,
la difusión y promoción de los oficios tradicionales inherentes al sector pesquero y a su
gastronomía. Se otorgará 0,5 puntos por cada uno de los objetivos descritos, con un
máximo de 3 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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PORCENTAJE