3. Otras disposiciones. . (2023/107-28)
Resolución de 31 de mayo de 2023, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigida a militares de tropa y marinería, financiada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023

página 9876/5

Octavo. Lugar y plazo de presentación de solicitudes de participación.
1. La solicitud de inscripción irá dirigida a la Dirección General de Formación
Profesional y deberá ser cumplimentada a través de la Secretará Virtual de los
Centros Educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
(https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/solicitudes/) en aplicación
de lo recogido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en atención al
régimen general de simplificación administrativa regulado por el Decreto 622/2019, de
27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y
racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, y mediante la aplicación informática
diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma
se incluyen.
2. La solicitud se presentará junto con los documentos exigidos, de forma telemática
mediante firma electrónica, obteniéndose una copia registrada y sellada que servirá
como justificante de su presentación telemática. Conjuntamente con la solicitud, las
personas solicitantes deberán cumplimentar y presentar en la misma secretaría virtual,
un cuestionario relativo a su situación sociolaboral y formativa, con objeto de recabar
la información necesaria en caso de ser demandada por los organismos financiadores.
Para la presentación telemática las personas solicitantes deberá disponer de Certificado
Digital o del sistema de identificación electrónica Cl@ve.
3. Se deberá presentar una única solicitud con la cualificación profesional en la que
solicita participar. En caso de presentar más de una solicitud de participación en este
procedimiento, solo se tendrá en cuenta lo solicitado y declarado en la última solicitud
presentada, considerándose que desiste de lo solicitado y declarado en las solicitudes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284899

3. Los documentos a presentar deben ser indicados en el apartado correspondiente
de la solicitud, y ser ordenados para su entrega en el orden en que se citan en el punto 2
anterior. La documentación se presentará agrupando los documentos por apartados en
un mismo archivo de formato de documento portátil (PDF) según su contenido, para así
facilitar la subida de esta documentación en la tramitación electrónica.
4. La falta de presentación o defecto de alguno de los documentos exigidos, o la
imposibilidad de comprobar con la documentación aportada la relación del requisito con
las unidades de competencia a acreditar, conllevará la no consideración del requisito, o
en su caso, la no valoración del correspondiente mérito alegado.
5. El requerimiento para la aportación de documentos exigidos para acreditar
los requisitos que no consten en el expediente de solicitud, se efectuará mediante la
resolución provisional por la que se publique la relación de personas seleccionadas,
no seleccionadas y excluidas para participar en el presente procedimiento, a través
de las observaciones correspondientes, conforme a lo previsto en el artículo 68 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
6. En aplicación de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, las personas solicitantes se responsabilizarán expresamente de la veracidad
de la documentación aportada. Si existieran dudas sobre la veracidad de la copia se
podrá requerir a la persona participante los documentos originales para comprobar
la veracidad de la documentación aportada, o bien certificación adicional que así lo
corrobore, en cualquier momento del procedimiento. En caso de que algún documento no
se ajuste a la realidad, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria,
independientemente del momento en que se detecte la discrepancia y con independencia
de la responsabilidad a que pudiera dar lugar.
7. En aplicación del artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la documentación
presentada deberá estar en castellano. En caso de estar escrita en otra lengua, deberá
presentarse acompañada de la traducción oficial al castellano.