3. Otras disposiciones. . (2023/106-41)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se establece el marco organizativo para la evaluación de nuevos productos y tecnologías y nuevas indicaciones de los mismos y se crea la comisión central de productos y tecnologías.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Martes, 6 de junio de 2023

página 9823/4

e) Que su incorporación pueda determinar un claro impacto económico.
f) Que represente un cambio sustancial en la organización de la asistencia o en el
número de recursos humanos necesarios para desarrollar la actividad.
g) Que implique a organismos y entidades ajenas al SAS.
h) Otros establecidos por la Comisión.
Las propuestas de evaluación se admitirán en la CCETS:
a) A petición de la Dirección Gerencia de los centros asistenciales, cuando se
identifique que se cumplen los criterios de valoración centralizada, a través del registro de
la Comisión Provincial de nuevos productos tecnologías sanitarias y nuevas indicaciones
b) A petición de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud
o la Dirección General de Gestión Económica y Servicios, mediante escrito dirigido a la
CCETS.
5. La secretaria de la CCETS revisará el registro centralizado, para identificar
solicitudes duplicadas o que cuenten con los criterios establecidos. Se identificarán
limitaciones en las carteras de servicios o incorporación de las solicitudes y facilitará, así
mismo, la documentación necesaria para que la metodología se adecúe a la establecida.
6. Tras el análisis de la información científica presentada, se emitirá un dictamen/
recomendación (cuyas opciones se adecuaran al establecido en las Comisiones
provinciales, reflejados en el punto 11 de la presente resolución) que será válido cuando
su resolución esté avalada por la mitad más uno de los componentes de la CCETS.
7. La CCETS trasladará el Dictamen a las persona titulares de las Direcciones
Generales implicadas para la toma de decisiones.
8. Trimestralmente se comunicará a las comisiones provinciales las solicitudes
que han cumplido los criterios para su valoración en la CCETS, así como el dictamen
correspondiente. La documentación utilizada será así misma compartida con las
comisiones implicadas.

Séptimo. Composición de la Comisión provincial de evaluación de nuevos productos,
tecnologías sanitarias, y nuevas indicaciones de los mismos.
1. Los miembros de la comisión provincial serán designados por la persona titular de
la Dirección Gerencia del Hospital donde se ubique la Central provincial de compras.
2. La comisión provincial estará compuesta por 12 miembros:
a) Director/a médico, director/a asistencial, director/a de enfermería de los Distritos de
AP, Áreas de Gestión Sanitaria y Hospitales de la provincia o persona en quien delegue.
b) Director/a Económico Administrativo de la Central provincial de Compra o persona
en quien delegue.
c) Un//a representante del área diagnóstica de los Hospitales de referencia de la
provincia, o persona en quien delegue.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284847

Sexto. Funciones de la Comisión Provincial de evaluación de nuevos productos,
tecnologías sanitarias y nuevas indicaciones:
1. Realizar dictámenes colegiados sobre la pertinencia de la incorporación a la
cartera de productos de los centros asistenciales (AGS, Hospitales, Distritos de Atención
Primaria y Centros de Transfusión sanguínea) de nuevos productos o tecnologías, en
el marco de su cartera de servicios establecida; previa su inclusión en el catálogo de
bienes y servicios de SAS, teniendo en cuenta criterios de seguridad y efectividad de los
estudios científicos de mayor nivel de evidencia.
2. Formar comisiones multidisciplinares que aporten las perspectivas profesionales a
las solicitudes de tecnologías sanitarias de los centros.
3. Promover entre los profesionales la cultura de valorar la evaluación de tecnologías,
diseño de estudios, análisis crítico de la literatura científica, evaluación económica, y
calidad asistencial, antes de solicitar la incorporación de cada nuevo producto, indicación
o tecnología.