Disposiciones generales. . (2023/105-4)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023

página 9779/3

e) Línea 5. Incentivos para la contratación de asistencia técnica, que facilite la
viabilidad de las Empresas de Inserción.
2. La presente convocatoria estará abierta durante el periodo de presentación de
solicitudes. En el supuesto que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el
crédito establecido en el resuelvo segundo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
Andalucía una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al
plazo de presentación de solicitudes.

Tercero. Objeto.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la Orden de 17 de noviembre
de 2018, para cada una de las lineas de subvenciones, los objetos de cada una de ellas
son:
1. Los incentivos destinados a financiar la inversión en inmovilizado realizada para la
creación de puestos de trabajo ocupados por personas en situación de exclusión social
tienen por objeto financiar dicha inversión en los siguientes supuestos:
a) Un incremento neto de plantilla en Empresas de Inserción ya creadas y calificadas.
b) La creación de nueva Empresa de Inserción.
c) La apertura de nuevo centro de trabajo, previa comunicación al Registro de
Empresas de Inserción de Andalucía.
2. Los incentivos a la contratación y/o mantenimiento de puestos de trabajo ocupados
por personas en situación de exclusión social están destinados a incentivar las nuevas
contrataciones, así como el mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas
en situación de exclusión social contratadas por las Empresas de Inserción calificadas y
registradas en Andalucía.
3. Los incentivos a la contratación y/o mantenimiento de puestos de trabajo ocupados
por personal técnico en acciones de tutoría y acompañamiento a la inserción sociolaboral
tiene por objeto la contratación y/o mantenimiento de personal técnico encargado de
la tutoría de las acciones de intervención y acompañamiento para el desarrollo de un
proyecto personal de inserción sociolaboral de personas en situación de exclusión social.
4. Los incentivos a la inserción laboral de personas en situación de exclusión social
en el mercado laboral normalizado se dirigen a incentivar a las Empresas de Inserción
por cada persona en situación de exclusión social que logren insertar en el mercado de
trabajo ordinario mediante una contratación indefinida como consecuencia de un proceso
previo de inserción.
5. Los incentivos a la contratación de asistencia técnica, tiene por objeto subvencionar
la asistencia técnica dirigida a facilitar y garantizar la viabilidad de las Empresas de
Inserción, mediante la financiación de los costes derivados de las siguientes actividades:
a) Estudios de mercado, estudios de viabilidad técnica, económica, financiera.
b) Auditorías contables no obligatorias.
c) Auditorías sociales.
d) Costes derivados de las certificaciones de calidad y sus sucesivas renovaciones.
Cuarto. Financiación.
1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias existentes, por una cuantía total máxima de dos millones cuatrocientos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284800

Segundo. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en
todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 17 de noviembre de 2018, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas
pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de
Inserción (BOJA núm. 227, de 23 de noviembre de 2018).