3. Otras disposiciones. . (2023/105-30)
Orden de 29 de mayo de 2023, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se aprueba el Plan de Puntos Limpios de Andalucía (Plan PPL-A) dentro del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023

página 9741/2

(PIREc 2030), aprobado mediante Decreto 131/2021, de 6 de abril, incide en el uso eficaz
de los recursos y un aumento de la reutilización, la reciclabilidad y la valorización material,
con el objetivo de reducir la generación de residuos y la cantidad final que se elimina en
vertederos. El PIREc 2030 constituye una herramienta básica para reforzar y acelerar
la transición de Andalucía hacia una economía circular, para impulsar la competitividad,
crear empleo y generar crecimiento sostenible, incluyendo diversas medidas de apoyo a
la planificación local y gestión de residuos municipales, como las relativas al apoyo para
la dotación de infraestructuras necesarias para ello.
De acuerdo con la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los
residuos, los nuevos objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos
municipales se fijan para tres nuevos horizontes temporales: objetivo del 55% en 2025,
60% en 2030 y 65% en 2035. También se marca para 2035 la restricción máxima de
vertidos del 10% del total de los residuos municipales. Estos objetivos han sido incluidos
en la legislación nacional y autonómica.
Enmarcado en este contexto, el Plan de Puntos Limpios de Andalucía se configura
como un instrumento importante para el cumplimiento de los objetivos de prevención
fijados. El mismo tiene por objeto la redacción de proyectos y la construcción de
puntos limpios en el ámbito rural andaluz y, en consecuencia, mejorar la implantación
de la recogida selectiva y separada de residuos en los municipios rurales, dónde
tradicionalmente ha sido menos desarrollada. Contempla actuaciones directas en
el ámbito de la creación de servicios básicos locales, desarrolladas en la medida 7
«Servicios básicos y renovación de poblaciones en las zonas rurales» del Plan de
Desarrollo Rural de Andalucía, marco 2014-2020, dentro del ámbito de competencias de
esta Consejería. Mediante la disposición adicional segunda del Decreto-ley 26/2021, de
14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora
de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, se declaran de
interés general de la Comunidad Autónoma las actuaciones de la Consejería competente
en materia de medio ambiente y sus entes instrumentales para la dotación de puntos
limpios municipales, fijos o móviles, correspondientes a municipios de Andalucía de entre
5.000 y 50.000 habitantes, que no cuenten con ningún punto limpio, financiadas con
cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural del Programa de Desarrollo Rural
de Andalucía 2014-2020, durante todo el periodo de vigencia de este.
Esta declaración de interés general habilita a la Consejería competente en materia de
medio ambiente para ordenar y ejecutar, por sí o a través de sus entidades instrumentales,
las obras y otras actuaciones necesarias para la dotación de puntos limpios municipales
en Andalucía, para localidades con población comprendida entre 5.000 y 50.000
habitantes. En el ejercicio de estas competencias, se habrá de garantizar la adecuación
a los principios de igualdad, publicidad y concurrencia y el respeto de la autonomía local,
lo que, unido a las disponibilidades presupuestarias y al gran número de actuaciones
que la Consejería debería acometer en atención a la dotación de estas instalaciones,
hace necesario contar con la participación de las entidades locales titulares de las
competencias, para seleccionar aquellas actuaciones que supongan un uso más eficiente
de los recursos financieros y la orientación hacia los objetivos que pretende este Plan.
Con objeto de atender a esta necesidad, la Dirección General Sostenibilidad Ambiental
y Cambio Climático, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 30 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y de las
funciones atribuidas en el artículo 9 del Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul, ha elaborado el Plan de Puntos Limpios de Andalucía (PPL-A),
correspondiéndole asimismo dirigir su ejecución, gestionar y controlar su cumplimiento.
Por tanto, se hace necesario efectuar la convocatoria del procedimiento de
comunicación de interés para que las entidades locales interesadas puedan solicitar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284766

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía