Disposiciones generales. . (2023/105-5)
Extracto de la Resolución de fecha 31 de mayo de 2023, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023

página 9780/5

En todo caso, las entidades solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en
los apartados 4.a).2.º de los cuadros resumen de la Orden de 17 de noviembre de 2018,
para cada una de las líneas de subvención.

Noveno. Órganos competentes.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 12 de la mencionada Orden de 17 de
noviembre de 2018:
1. El órgano competente para la instrucción de todas las lineas convocadas será la
Jefatura de Servicio de Incentivos a la Contratación, como órgano competente en materia
de fomento de empleo, que formulará la Propuesta de Resolución.
2. Será competente para resolver el procedimiento de concesión de estas
subvenciones la persona titular de la Dirección General de Incentivos para el Empleo
y Competitividad Empresarial, que actuará por delegación de la persona titular de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284801

Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día
siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución
de inadmisión será notificada a la entidad interesada.
3. Los formularios de solicitud se podrán obtener en el Registro Electrónico de
la Administración de la Junta de Andalucía a través de las siguientes direcciones
electrónicas:
Línea 1. Financiación de la inversión en inmovilizado realizada para la creación de
puestos de trabajo por la contratación de personas en situación de exclusión social:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/16851.html
Línea 2. Financiación de la contratación y/o mantenimiento de puestos de trabajo
ocupados por personas en situación de exclusión social:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/16852.html
Línea 3. Financiación de la contratación y/o mantenimiento de personal técnico en
acciones de tutoría y acompañamiento a la inserción sociolaboral:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/16854.html
Línea 4. Incentivos a la inserción laboral de personas en situación de exclusión social
en el mercado laboral normalizado:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/16855.html
Línea 5. Incentivos para la contratación de asistencia técnica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/16859.html
4. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de
Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial y se presentarán de forma
telemática a través de los accesos indicados en el apartado anterior.
5. La presente convocatoria estará abierta durante el periodo de presentación de
solicitudes. En el supuesto que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el
crédito establecido en el resuelvo cuarto, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta
Andalucía una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al
plazo de presentación de solicitudes.