Disposiciones generales. . (2023/105-5)
Extracto de la Resolución de fecha 31 de mayo de 2023, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023

página 9780/4

Séptimo. Entidades beneficiarias.
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades previstas en los
apartados 4.a).1.º de los cuadros resumen de la Orden de 17 de noviembre de 2018, para
cada una de las líneas de subvención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284801

El mantenimiento de los contratos, para ser incentivable, deberá ser, de al menos,
noventa días.
En ningún caso, se subvencionarán los costes salariales de una misma persona
trabajadora en situación de exclusión social por un período superior a tres años, salvo en
los supuestos de fracaso del proceso de inserción laboral, en los términos establecidos
en el apartado 22.b).3.º1.g) del cuadro resumen.
Los contratos podrán concertarse tanto a jornada completa como parcial, ésta en
ningún caso podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en convenio
colectivo, o en su defecto, de la jornada máxima legal.
Serán incentivados los costes salariales derivados de las nuevas contrataciones, así
como, el mantenimiento de los puestos de trabajo, durante el periodo comprendido entre
el 28 de mayo de 2022 y el día anterior a la presentación de la solicitud de la subvención.
3. Línea 3. Se subvencionarán los costes salariales derivados de la contratación
o mantenimiento durante, al menos, doce meses de trabajo efectivo de las personas
encargadas de tutorizar itinerarios personalizados de inserción sociolaboral de personas
en situación de exclusión social contratadas por las Empresas de Inserción.
Los contratos podrán concertarse tanto a jornada completa como parcial, que en
ningún caso podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en convenio
colectivo, o en su defecto, de la jornada máxima legal.
El número de puestos incentivados se establecerá en función del número de personas
en situación de exclusión social contratadas en la Empresa de Inserción, de acuerdo con
lo dispuesto en el apartado 2.a) del cuadro resumen.
Serán incentivados los costes salariales derivados de la contratación o mantenimiento
del puesto de trabajo durante el periodo comprendido entre el 28 de mayo de 2022 y el
día anterior a la presentación de la solicitud de la subvención.
4. Línea 4. Se subvencionará a la empresa de inserción por cada persona trabajadora
en situación de exclusión social de su plantilla en proceso de inserción, que logre insertar
en el mercado laboral ordinario, a través de la formalización de un contrato de duración
indefinida en una empresa ordinaria.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado en los doce meses anteriores
al día de presentación de solicitud de la subvención.
5. Línea 5. Se subvencionarán los siguientes gastos de asistencia técnica de Empresas
de Inserción:
a) Estudios de mercado, estudios de viabilidad técnica, económica, financiera que
tengan por objeto la apertura de nuevos mercados y la diversificación empresarial.
b) Auditorías contables no obligatorias con objeto de emitir un informe dirigido a poner
de manifiesto la situación de las cuentas anuales, si expresan, en todos sus aspectos
significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de dicha empresa,
del resultado de sus operaciones, y de los recursos obtenidos y aplicados en el período
examinado.
c) Auditorías sociales con objeto de evaluar la eficacia social y el comportamiento
ético de las Empresas de Inserción en relación a sus objetivos, de manera que pueda
mejorar sus resultados sociales y solidarios y dar cuenta de ellos a todas las personas
comprometidas por su actividad. Estas auditorías deberán desarrollarse recogiendo datos
desagregados por sexo así como con un análisis desde la perspectiva de género.
d) Costes derivados de las certificaciones de calidad y sus sucesivas renovaciones,
siempre que se obtenga la certificación de calidad.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado en los doce meses anteriores
al día de presentación de la solicitud de la subvención.