Autoridades y personal. . (2023/104-23)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir por promoción interna plazas de personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Cádiz de la categoría de Encargado de Equipo de Conserjería.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9664/4
6. Valoración de los méritos.
Todos los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente.
La Gerente de la Universidad facilitará al Tribunal certificación resumen de los
méritos alegados en los distintos apartados, para su valoración por el mismo. Para poder
adjudicar los puestos relacionados en el Anexo I será preciso obtener una puntuación
mínima total de 8 puntos.
La valoración de los mismos para la adjudicación de los puestos, se ajustará al
siguiente baremo:
6.1. Experiencia.
En la misma área de conocimiento del puesto solicitado, a razón de 1 punto por año
de servicio completo o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 6 puntos. El
período máximo de tiempo a valorar será de seis años.
El Tribunal adjudicará la puntuación correspondiente a la experiencia, conforme
a los criterios específicos que establezca, pudiendo valorarse también las aptitudes y
rendimientos apreciados a los candidatos en los puestos anteriormente desempeñados;
solicitando para ello los informes necesarios.
6.2. Antigüedad.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios reconocidos o
fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos. No se computarán, a
efectos de antigüedad, servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros
igualmente alegados.
6.3. Cursos de formación directamente relacionados con el puesto convocado.
a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados con posterioridad a la aprobación del primer Plan de Formación del PAS
(junio de 1996) y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de asistencia: 0,18 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,30 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,36 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en
los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,60 puntos por curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de
aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) La posesión de titulación universitaria específica relacionada con la plaza, de igual
o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el correspondiente
grupo profesional, se valorará a razón de 1,20 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284697
5.7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Edificio Hospital Real, Plaza del Falla número 8, 11003 Cádiz, teléfono 956015039 y en la
siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del
Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.8. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda de
las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de
Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo
de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9664/4
6. Valoración de los méritos.
Todos los méritos alegados deberán ser justificados documentalmente.
La Gerente de la Universidad facilitará al Tribunal certificación resumen de los
méritos alegados en los distintos apartados, para su valoración por el mismo. Para poder
adjudicar los puestos relacionados en el Anexo I será preciso obtener una puntuación
mínima total de 8 puntos.
La valoración de los mismos para la adjudicación de los puestos, se ajustará al
siguiente baremo:
6.1. Experiencia.
En la misma área de conocimiento del puesto solicitado, a razón de 1 punto por año
de servicio completo o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 6 puntos. El
período máximo de tiempo a valorar será de seis años.
El Tribunal adjudicará la puntuación correspondiente a la experiencia, conforme
a los criterios específicos que establezca, pudiendo valorarse también las aptitudes y
rendimientos apreciados a los candidatos en los puestos anteriormente desempeñados;
solicitando para ello los informes necesarios.
6.2. Antigüedad.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios reconocidos o
fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos. No se computarán, a
efectos de antigüedad, servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros
igualmente alegados.
6.3. Cursos de formación directamente relacionados con el puesto convocado.
a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados con posterioridad a la aprobación del primer Plan de Formación del PAS
(junio de 1996) y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de asistencia: 0,18 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,30 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,36 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en
los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,60 puntos por curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de
aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) La posesión de titulación universitaria específica relacionada con la plaza, de igual
o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el correspondiente
grupo profesional, se valorará a razón de 1,20 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 3 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284697
5.7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Edificio Hospital Real, Plaza del Falla número 8, 11003 Cádiz, teléfono 956015039 y en la
siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del
Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.8. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda de
las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de
Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo
de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.