Autoridades y personal. . (2023/102-28)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se modifica la de 20 de enero de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se establece el calendario de publicación de las convocatorias de contratos para la realización de actividades científico-técnicas para Personal Investigador y Técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación durante 2023, vinculados a líneas de investigación o a servicios científico-técnicos, al amparo del artículo 23 bis de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el modelo de las convocatorias previstas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9468/8
12.3. Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos
investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de
investigación adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el
investigador emitirán un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada
de los candidatos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los
correspondientes anexos de la convocatoria.
12.4. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de
los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
La selección se realizará con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad,
mediante la valoración de los documentos aportados en la solicitud, basando la decisión
en criterios de adecuación al perfil que figure en la convocatoria; quedarán debidamente
acreditados en el expediente los fundamentos del acuerdo que se adopte.
14. Adjudicación definitiva de los contratos.
14.1. La adjudicación provisional, con la propuesta de la persona adjudicataria, se
convertirá en definitiva si los restantes admitidos al concurso no hubieran efectuado
ninguna alegación o hubieran comunicado el desistimiento de su solicitud. En este
supuesto, se procederá a la publicación de la resolución rectoral de adjudicación definitiva
conforme a lo previsto en el apartado 4 de este artículo.
14.2. Resueltas las alegaciones presentadas contra la resolución de adjudicación
provisional, se elevará la relación definitiva de adjudicatarios al Rector de la Universidad
de Sevilla, el cual dictará la resolución definitiva de adjudicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284502
13. Adjudicación provisional de los contratos.
13.1. Efectuada la baremación por parte de la Comisión de Selección se publicará en
la página web del Vicerrectorado de Investigación
(https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal) la adjudicación provisional
de cada contrato en la que figurarán los adjudicatarios y las personas integrantes de la
lista de reserva en cada una de las modalidades de contratación convocadas.
13.2. En esta adjudicación provisional quedarán excluidos aquellos candidatos que
no hubiesen superado el umbral mínimo de puntuación que se hubiera previsto, en su
caso, en la convocatoria.
13.3. Mediante la resolución de adjudicación provisional se concederá un plazo
de cinco días, a partir del siguiente al de su publicación, para la presentación de las
alegaciones que se estimen oportunas que se realizarán a través del gestor de solicitudes,
disponible en la dirección URL
https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal/instrucciones-candidatos
adjuntando en formato pdf la documentación. Cada uno de los ficheros en los que se
presente la documentación no podrá superar el tamaño máximo de 4 MB.
13.4. Una vez grabada la alegación en el gestor e incorporados los documentos
que correspondan, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento
acreditativo de resumen de la alegación que deberá presentar, dirigido al Vicerrector de
Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla
(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.5. Solo cuando se haya llevado a cabo el trámite previsto en el apartado anterior
se tendrán por adjuntados a la alegación los documentos y la información que se hubiese
incorporado al gestor de solicitudes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9468/8
12.3. Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos
investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de
investigación adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el
investigador emitirán un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada
de los candidatos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los
correspondientes anexos de la convocatoria.
12.4. La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de
los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
La selección se realizará con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad,
mediante la valoración de los documentos aportados en la solicitud, basando la decisión
en criterios de adecuación al perfil que figure en la convocatoria; quedarán debidamente
acreditados en el expediente los fundamentos del acuerdo que se adopte.
14. Adjudicación definitiva de los contratos.
14.1. La adjudicación provisional, con la propuesta de la persona adjudicataria, se
convertirá en definitiva si los restantes admitidos al concurso no hubieran efectuado
ninguna alegación o hubieran comunicado el desistimiento de su solicitud. En este
supuesto, se procederá a la publicación de la resolución rectoral de adjudicación definitiva
conforme a lo previsto en el apartado 4 de este artículo.
14.2. Resueltas las alegaciones presentadas contra la resolución de adjudicación
provisional, se elevará la relación definitiva de adjudicatarios al Rector de la Universidad
de Sevilla, el cual dictará la resolución definitiva de adjudicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284502
13. Adjudicación provisional de los contratos.
13.1. Efectuada la baremación por parte de la Comisión de Selección se publicará en
la página web del Vicerrectorado de Investigación
(https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal) la adjudicación provisional
de cada contrato en la que figurarán los adjudicatarios y las personas integrantes de la
lista de reserva en cada una de las modalidades de contratación convocadas.
13.2. En esta adjudicación provisional quedarán excluidos aquellos candidatos que
no hubiesen superado el umbral mínimo de puntuación que se hubiera previsto, en su
caso, en la convocatoria.
13.3. Mediante la resolución de adjudicación provisional se concederá un plazo
de cinco días, a partir del siguiente al de su publicación, para la presentación de las
alegaciones que se estimen oportunas que se realizarán a través del gestor de solicitudes,
disponible en la dirección URL
https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal/instrucciones-candidatos
adjuntando en formato pdf la documentación. Cada uno de los ficheros en los que se
presente la documentación no podrá superar el tamaño máximo de 4 MB.
13.4. Una vez grabada la alegación en el gestor e incorporados los documentos
que correspondan, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento
acreditativo de resumen de la alegación que deberá presentar, dirigido al Vicerrector de
Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla
(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13.5. Solo cuando se haya llevado a cabo el trámite previsto en el apartado anterior
se tendrán por adjuntados a la alegación los documentos y la información que se hubiese
incorporado al gestor de solicitudes.