Disposiciones generales. . (2023/102-3)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de atención integral a colectivos vulnerables en el ámbito de la salud, para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

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progresión hacia la discapacidad y la dependencia y favorecer la recuperación funcional
y la integración social, sin olvidar el apoyo en el final de la vida.
Línea 2: Subvenciones dirigidas a proyectos integrales para la promoción de la salud,
detección precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud a
personas especialmente vulnerables y en grupos con determinadas enfermedades
transmisibles.
Cuarto. Beneficiarios.
1. Las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como las
agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica constituidas para el desarrollo de un
proyecto en común.
Los requisitos que deben reunir, el período de mantenimiento de los mismos y
las excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad
interesada están establecidos en el apartado 4 de la Orden de 3 de julio de 2020, en
relación al artículo 3 de las Bases Reguladoras Tipo.
2. De conformidad con el apartado 5 de los Cuadros Resumen de la Orden de 3 de
julio de 2020, el importe máximo de la subvención individual será:
Línea 1: La cuantía máxima a subvencionar será de 9.000,00 euros, para los proyectos
a desarrollar en el ámbito provincial. Los de ámbito autonómico podrán alcanzar hasta
27.000,00 euros.
Línea 2: La cuantía máxima a subvencionar será de 9.000,00 euros, para los proyectos
a desarrollar en el ámbito provincial. Los de ámbito autonómico podrán alcanzar hasta
27.000,00 euros.

Sexto. Cuantía total máxima.
1. La cuantía total máxima será de 568.800,00 euros para el ámbito provincial
y 379.200,00 euros para el ámbito autonómico, que se distribuirán de la forma que a
continuación se indica:
a) Para los proyectos dirigidos a proyectos de atención integral a personas con
patologías discapacitantes o potencialmente discapacitantes, a las personas que las
cuidan y a sus familias, se destinarán 568.800,00 euros, correspondiendo 341.280,00
euros para el ámbito provincial y 227.520,00 euros para el autonómico.
b) Para los proyectos integrales para la promoción de la salud, detección
precoz, mejora de la atención y reducción de las desigualdades en salud a personas
especialmente vulnerables y en grupos con determinadas enfermedades transmisibles,
se destinarán 379.200,00 euros, correspondiendo 227.520,00 euros para el ámbito
provincial y 151.680,00 euros para el autonómico.
2. De conformidad con lo previsto en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la citada
Orden de 3 de julio de 2020, en relación con el artículo 5.2 de las Bases Reguladoras Tipo,
se dictará resolución de esta Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental
y Adicciones con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes
presentadas, mediante la que será distribuida la cuantía totalizada del crédito disponible
para cada una de las líneas de subvenciones, entre las provincias de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Dicha resolución de declaración de distribución de créditos será, igualmente,
publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Financiación.
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios
de la Consejería de Salud y Consumo correspondientes a la siguiente partida
presupuestaria y por una cuantía total máxima de 948.000,00 euros:
2023 – 1300010000 – G/41D/48101/00 – 01